ley 17.301, artículo 32
Texto
Artículo 32°- En el reglamento interno de la Junta se establecerán las modalidades necesarias para coordinar la atención médico-sanitaria de los Jardines Infantiles con el Servicio Nacional de Salud y el Servicio Médico Nacional de Empleados. Dicha atención se prestará en forma gratuita.