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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

DS 3 de 1984 Minsal, artículo 4

Texto

    Artículo 4°.- La notificación del pronunciamiento de
autorización, rechazo o modificación de las licencias
médicas será efectuada a través de la oficina de Compin
que la recibió a tramitación, o a través del sistema
informático que se implemente cuando el afectado así lo
haya solicitado y haya proporcionado su dirección de correo
electrónico para este efecto.