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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 87-2023

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Fecha: 11 de enero de 2023

Destinatario:  ACADEMIA JUDICIAL  ARMADA DE CHILE  AGENCIA DE CALIDAD DE LA EDUCACIÓN  AGENCIA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL  AGENCIA NACIONAL DE INTELIGENCIA  BIBLIOTECA DEL CONGRESO  CÁMARA DE DIPUTADOS  CARABINEROS DE CHILE  CENTRAL DE ABASTECIMIENTO  CENTRAL ODONTOLÓGICA DEL EJÉRCITO  CENTRO DE INVESTIGACION MINERA Y METALURGICA  CENTRO DE REFERENCIA DE SALUD MAIPÚ  CENTRO DE REFERENCIA DE SALUD PEÑALOLEN CORDILLERA ORIENTE  COMANDO DE INDUSTRIA MILITAR E INGENIERIA  COMANDO DE SALUD DEL EJÉRCITO  COMISIÓN NACIONAL DE ACREDITACIÓN  COMISIÓN CHILENA DE ENERGIA NUCLEAR  COMISION CHILENA DEL COBRE  COMISIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE CERTIFICACIÓN DE COMPETENCIAS LABORALES  COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA  COMISIÓN NACIONAL DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA  COMISIÓN NACIONAL DE RIEGO  COMITÉ DE INVERSIÓNES EXTRANJERAS  COMITÉ INNOVA CHILE  CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO  CONSEJO DE RECTORES  CONSEJO NACIONAL DE LA CULTURA Y LAS ARTES  CONSEJO NACIONAL DE TELEVISIÓN  CONSEJO SUPERIOR DE EDUCACIÓN  CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA  CORPORACIÓN DE ASISTENCIA JUDICIAL DE LA REGIÓN METROPOLITANA  CORPORACIÓN DE FOMENTO DE LA PRODUCCION  CORPORACIÓN NACIONAL DE DESARROLLO INDÍGENA  CUERPO MILITAR DEL TRABAJO  DEFENSORÍA PENAL PÚBLICA  DIPRECA HOSPITAL  DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA MINISTERIO DEFENSA NACIONAL  DIRECCIÓN DE BIBLIOTECAS, ARCHIVOS Y MUSEOS  DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIÓN PÚBLICA  DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN PÚBLICA  DIRECCIÓN DE FRONTERAS Y LÍMITES DEL ESTADO  DIRECCIÓN DE PRESUPUESTOS  DIRECCIÓN DEL TRABAJO  DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL  DIRECCIÓN GENERAL DE DEFENSA CIVIL  DIRECCIÓN GENERAL DE MOVILIZACIÓN NACIONAL  DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES  DIRECCIÓN GENERAL DE TERRITORIO MARÍTIMO  DIRECCIÓN GENERAL DEL CRÉDITO PRENDARIO  DIRECCIÓN NACIONAL DE SERVICIO CIVIL  EJÉRCITO DE CHILE 3  FISCALÍA NACIONAL ECONÓMICA  FONDO DE SOLIDARIDAD E INVERSIÓN SOCIAL  FONDO NACIONAL DE SALUD  FUERZA AÉREA DE CHILE  GENDARMERÍA DE CHILE  GOBIERNO REGIONAL REGIÓN I TARAPACÁ  GOBIERNO REGIONAL REGIÓN II ANTOFAGASTA  GOBIERNO REGIONAL REGIÓN III ATACAMA  GOBIERNO REGIONAL REGIÓN IV COQUIMBO  GOBIERNO REGIONAL REGIÓN IX ARAUCANÍA  GOBIERNO REGIONAL REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO  GOBIERNO REGIONAL REGIÓN V VALPARAÍSO  GOBIERNO REGIONAL REGIÓN VI LIBERTADOR GRAL. BERNARDO O'HIGGINS  GOBIERNO REGIONAL REGIÓN VII MAULE  GOBIERNO REGIONAL REGIÓN VIII BIOBÍO  GOBIERNO REGIONAL REGIÓN X LOS LAGOS  GOBIERNO REGIONAL REGIÓN XI AYSÉN DEL GRAL. CARLOS IBAÑEZ  GOBIERNO REGIONAL REGIÓN XII MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA  GOBIERNO REGIONAL REGIÓN XIV LOS RÍOS  GOBIERNO REGIONAL REGIÓN XV ARICA Y PARINACOTA  GOBIERNO REGIONAL REGIÓN XVI ÑUBLE  HOSPITAL DE CARABINEROS  HOSPITAL FACH  HOSPITAL MILITAR DE SANTIAGO  HOSPITAL MILITAR DEL NORTE  HOSPITAL PADRE ALBERTO HURTADO  INSTITUTO ANTÁRTICO CHILENO  INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO  INSTITUTO DE INVESTIGACIONES Y CONTROL DEL EJERCITO  INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL  INSTITUTO DE SALUD PÚBLICA  INSTITUTO DE SEGURIDAD DEL TRABAJO  INSTITUTO DE SEGURIDAD LABORAL  INSTITUTO GEOGRÁFICO MILITAR  INSTITUTO NACIONAL DE DEPORTES DE CHILE  INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA  INSTITUTO NACIONAL DE LA JUVENTUD  INSTITUTO NACIONAL DE PROPIEDAD INDUSTRIAL  INSTITUTO NACIONAL HIDRÁULICA  JUNTA DE AERONÁUTICA CIVIL  JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECAS  JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES  MINISTERIO PÚBLICO  OFICINA DE ESTUDIOS Y POLÍTICAS AGRARIAS  OFICINA NACIONAL DE EMERGENCIA  PARQUE METROPOLITANO DE SANTIAGO  PODER JUDICIAL  POLICÍA DE INVESTIGACIÓNES DE CHILE  PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA 4  SENADO  SERVICIO AGRICOLA Y GANADERO  SERVICIO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL  SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS  SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN  SERVICIO DE SALUD ACONCAGUA  SERVICIO DE SALUD DE ÑUBLE  SERVICIO DE SALUD DE ANTOFAGASTA  SERVICIO DE SALUD DE ARAUCANÍA NORTE  SERVICIO DE SALUD DE ARAUCANÍA SUR  SERVICIO DE SALUD DE ARAUCO  SERVICIO DE SALUD DE ARICA  SERVICIO DE SALUD DE ATACAMA  SERVICIO DE SALUD DE AYSÉN  SERVICIO DE SALUD DE BIOBIO  SERVICIO DE SALUD DE CHILOÉ  SERVICIO DE SALUD DE CONCEPCIÓN  SERVICIO DE SALUD DE COQUIMBO  SERVICIO DE SALUD DE IQUIQUE  SERVICIO DE SALUD DE MAGALLANES  SERVICIO DE SALUD DE O'HIGGINS  SERVICIO DE SALUD DE OSORNO  SERVICIO DE SALUD DEL RELONCAVÍ  SERVICIO DE SALUD DE TALCAHUANO  SERVICIO DE SALUD DE VALDIVIA  SERVICIO DE SALUD DE VALPARAÍSO - SAN ANTONIO  SERVICIO DE SALUD DE VIÑA DEL MAR - QUILLOTA  SERVICIO DE SALUD DEL MAULE  SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO CENTRAL  SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO NORTE  SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO OCCIDENTE  SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO ORIENTE  SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO SUR  SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO SUR-ORIENTE  SERVICIO DE TESORERIAS  SERVICIO ELECTORAL  SERVICIO HIDROGRÁFICO Y OCEANOGRÁFICO DE LA ARMADA  SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN DE HUASCO  SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN DE PUERTO CORDILLERA  SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN HUASCO  SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN DE BARRANCAS  SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN COSTA ARAUCANÍA  SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN CHINCHORRO  SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN GABRIELA MISTRAL  SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN DE ATACAMA  SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN DE VALPARAÍSO  SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN COLCHAGUA  SERVICIO LOCAL DE LLANQUIHUE  SERVICIO LOCAL DE EDUCACIO“N ANDALIEN SUR 5  SERVICIO MÉDICO LEGAL  SERVICIO NACIONAL DE ADUANAS  SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACIÓN Y EMPLEO  SERVICIO NACIONAL DE GEOLOGÍA Y MINERÍA  SERVICIO NACIONAL DE LA MUJER Y LA EQUIDAD DE GENERO  SERVICIO NACIONAL DE MENORES  SERVICIO NACIONAL DE PESCA  SERVICIO NACIONAL DE TURISMO  SERVICIO NACIONAL DEL ADULTO MAYOR  SERVICIO NACIONAL DEL CONSUMIDOR  SERVICIO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓÓN Y REHABILITACIÓN DEL CONSUMO DE DROGAS Y ALCOHOL  SERVIU REGIÓN I TARAPACÁ  SERVIU REGIÓN II ANTOFAGASTA  SERVIU REGIÓN III ATACAMA  SERVIU REGIÓN IV COQUIMBO  SERVIU REGIÓN IX ARAUCANÍA  SERVIU REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO  SERVIU REGIÓN V VALPARAÍSO  SERVIU REGIÓN VI LIBERTADOR GRAL. BERNARDO O'HIGGINS  SERVIU REGIÓN VII MAULE  SERVIU REGION X LOS LAGOS  SERVIU REGIÓN VIII BIOBÍO  SERVIU REGIÓN XI AYSÉN DEL GRAL. CARLOS IBAÑEZ  SERVIU REGIÓN XII MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA  SERVIU REGIÓN XIV LOS RÍOS  SERVIU REGION XV ARICA Y PARINACOTA  SERVIU REGIÓN XVI ÑUBLE  SUBSECRETARÍA DE EDUCACION PARVULARIA  SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA  SUBSECRETARÍA DE BIENES NACIONALES  SUBSECRETARÍA DE CARABINEROS  SUBSECRETARIA DE CIENCIAS TECNOLOGIA CONOCIMIENTO E INNOVACION  SUBSECRETARÍA DE DEFENSA  SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO REGIONAL Y ADMINISTRATIVO  SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA  SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN  SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA  SUBSECRETARÍA DE EVALUACIÓN SOCIAL  SUBSECRETARÍA DE HACIENDA  SUBSECRETARÍA DE INVESTIGACIÓNES  SUBSECRETARÍA DE JUSTICIA  SUBSECRETARÍA DE MINERÍA  SUBSECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS  SUBSECRETARÍA DE PESCA  SUBSECRETARÍA DE PREVENCIÓN DEL DELITO (MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA)  SUBSECRETARÍA DE PREVISIÓN SOCIAL  SUBSECRETARÍA DE REDES ASISTENCIALES 6  SUBSECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES  SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA  SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS SOCIALES  SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES  SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTES  SUBSECRETARÍA DE TURISMO  SUBSECRETARÍA DE VIVIENDA Y URBANISMO  SUBSECRETARÍA DEL INTERIOR  SUBSECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE  SUBSECRETARÍA DEL TRABAJO  SUBSECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO  SUBSECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA  SUBSECRETARÍA PARA LAS FUERZAS ARMADAS  SUPERINTENDENCIA DE BANCOS E INSTITUCIONES FINANCIERAS  SUPERINTENDENCIA DE CASINOS DE JUEGO  SUPERINTENDENCIA DE EDUCACIÓN ESCOLAR  SUPERINTENDENCIA DE ELECTRICIDAD Y COMBUSTIBLE  SUPERINTENDENCIA DE PENSIONES COMISIÓN CHILENA DEL COBRE  SUPERINTENDENCIA DE QUIEBRAS  SUPERINTENDENCIA DE SALUD  SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL  SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS SANITARIOS  SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS  SUPERINTENDENCIA DEL MEDIO AMBIENTE  UNIDAD ADMINISTRADORA DE LOS TRIBUNALES TRIBUTARIOS Y ADUANEROS  UNIDAD DE ANÁLISIS FINANCIERO  UNIVERSIDAD ARTURO PRAT  UNIVERSIDAD DE ANTOFAGASTA  UNIVERSIDAD DE ATACAMA  UNIVERSIDAD DEL BIOBIO  UNIVERSIDAD DE CHILE  UNIVERSIDAD DE LA FRONTERA  UNIVERSIDAD DE LA SERENA  UNIVERSIDAD DE LOS LAGOS  UNIVERSIDAD DE MAGALLANES  UNIVERSIDAD DE PLAYA ANCHA DE CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN  UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE CHILE  UNIVERSIDAD DE TALCA  UNIVERSIDAD DE TARAPACÁ  UNIVERSIDAD DE VALPARAÍSO  UNIVERSIDAD METROPOLITANA DE CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN  UNIVERSIDAD O ́HIGGINS  UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA METROPOLITANA

Observación: Aporte Familiar Permanente correspondiente al año 2023. Informa sobre el monto del beneficio.

Descriptores: Aporte Familiar Permanente

Fuentes: Ley 20.743, artículo 3; Ley 16.395, artículo 2

Departamento(s): INTENDENCIA DE BENEFICIOS SOCIALES - NORMATIVO

1. En virtud de lo dispuesto en el artículo 3° de la Ley N°20.743, el monto del aporte familiar permanente debe reajustarse el 1° de febrero de cada año, en el 100% de la variación que haya experimentado el Índice de Precios al Consumidor determinada por el Instituto Nacional de Estadísticas o el organismo que lo reemplace, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año calendario anterior al pago del aporte familiar otorgado por la antes mencionada Ley.

2. En consideración a lo señalado precedentemente y teniendo presente la información proporcionada por el Instituto Nacional de Estadísticas, la variación del Índice de Precios al Consumidor entre diciembre 2021 y diciembre de 2022 fue del 12,79%, por lo que corresponde reajustar en dicho porcentaje el valor del aporte familiar permanente correspondiente al año 2023.

Atendido lo anterior, se fija el monto del aporte familiar permanente otorgado por la Ley N°20.743, correspondiente al año 2023, en $59.451,84. Este nuevo valor será aplicable a los beneficios que se otorguen a contar del mes de febrero de 2023, a los beneficiarios que cumplan con los requisitos legales para acceder a éste.

TítuloDetalle
Ley 20.743Ley 20.743
Artículo 2Ley 16.395, artículo 2
Artículo 3Ley 20.743, artículo 3