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Artículo 10.- Suprímense las siguientes Comisiones y Oficinas de Contratación:
- Comisión Central de Control del Trabajo Marítimo, Fluvial y Lacustre, creada por decreto supremo N° 100, de 31 de Enero de 1948, del Ministerio de Defensa Nacional.
-Comisión Portuaria de Control del Trabajo Marítimo Fluvial y Lacustre, creada por decreto supremo N° 100, de 31 de Enero de 1948, del Ministerio de Defensa Nacional.
-Comisión Nacional de Trabajo Marítimo, Fluvial y Lacustre, creada por decreto supremo N° 1.080, de 21 de Diciembre de 1966, del Ministerio del Trabajo y Previsional Social.
-Oficina de Contratación de Tripulantes, OCOTRI, creada por decreto supremo N° 312, de 25 de Agosto de 1965, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
-Oficina de Contratación de Tripulantes de Naves Especiales, creada por decreto supremo N° 312, de 25 de Agosto de 1965, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.