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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 12.084, artículo 97

Texto

    ARTICULO 97. Substitúyese al final de la letra a) del
artículo 35 de la ley N.o 12,041, el punto (.) por punto y
coma (;) y agrégase la siguiente frase: "sin perjuicio del
pago de los impuestos global complementario y adicional
cuando procediere".