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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

DS 3 de 1984 Minsal, artículo 5

Texto

    Artículo 5°.- La licencia medica, es un acto médico
administrativo en el que intervienen el trabajador, el
profesional que certifica, la Compin o ISAPRE competente, el
empleador y la entidad previsional o la Caja de
Compensación de Asignación Familiar, en su caso. Se
materializará en un formulario especial, impreso en papel o
a través de documentos electrónicos, que registrará todas
las certificaciones, resoluciones y autorizaciones que
procedan y cuyo texto será determinado por el Ministerio de
Salud.
    Las licencias de los trabajadores regidos la ley Nº
18.834, serán concedidas por resolución del Compin a que
el funcionario pertenece.

Circulares relacionadas (2)

Fecha publicaciónTítuloTemasResumenLegislación citadaDescargar
25/01/2021Circular 3575Licencias médicasAPLICACIÓN DE LAS MODIFICACIONES QUE SE INDICAN, AL D.S. N°3, DE 1984, DEL MINISTERIO DE SALUD, QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE AUTORIZACIÓN DE LICENCIAS MÉDICAS POR LAS COMISIONES DE MEDICINA PREVENTIVA E INVALIDEZ Y LAS INSTITUCIONES DE SALUD PREVISIONAL, INTRODUCIDAS POR EL DECRETO N°46 de 2019, DEL MISMO MINISTERIO. IMPARTE INSTRUCCIONESCódigo del trabajo, artículo 197 bisDS 3 de 1984 Minsal, artículo 11DS 3 de 1984 Minsal, artículo 5DS 3 de 1984 Minsal, artículo 6DS 3 de 1984 Minsal, artículo 66DS 3 de 1984 Minsal, artículo 7ds 3 de 1984 mintrab, artículo 8ds 3 de 1984 mintrab, artículo 9Ley 16.395, artículo 27Ley 19.880, artículo 25Ley 21.063CIRCULAR 3575
17/12/2019Circular 3480Licencias médicasIMPARTE INSTRUCCIONES A LOS OPERADORES EN RELACIÓN AL BLOQUEO EN EL SISTEMA DE LICENCIA MÉDICA ELECTRÓNICA A PROFESIONALES EMISORES SANCIONADOS EN VIRTUD DE LA LEY N° 20.585 CON LA SUSPENSIÓN DE LA FACULTAD DE EMITIR LICENCIAS MÉDICAS Y/O CON LA SUSPENSIÓN DE LA VENTA DE FORMULARIOS DE LICENCIAS MÉDICAS.DFL 1 de 2006 MinsalDS 3 de 1984 MinsalDS 3 de 1984 Minsal, artículo 5DS 3 de 1984 Minsal, artículo 6Ley 16.395ley 20.585, artículo 2ley 20.585, artículo 5Circular 3480

Boletín SUSESO (2)

Boletín SUSESO 2019 - Número 4

Novedades en la tramitación de Licencias Médicas.

Octubre

Con miras de establecer bases claras sobre la tramitación de licencias médicas, así como el sustento de los pronunciamientos sobre ellas, la SUSESO, durante el año 2019, ha dictado Circulares en ese sentido, las que comentaremos a continuación

Cambios en el otorgamiento y en la tramitación de Licencias Médicas, a contar del 1º de enero de 2021

Enero

La tramitación de las licencias médicas a partir del primero del 1º de enero del 2021, tiene cambios importantes que queremos compartir con ustedes. Ellos se refieren al documento licencia médica, actualmente en papel o documento electrónico, o la forma cómo se cuentan los plazos de presentación de las licencias médicas de los trabajadores, ya sea dependientes o independientes, trabajen en el sector privado o en el sector público. Estos cambios, también consideran la situación de la licencia médica por enfermedad grave de niño menor de un año y quienes están haciendo uso del permiso postnatal parental en media jornada. Finalmente, también han variado las reglas necesarias para la tramitación y autorización de las licencias médicas y el pago de los subsidios por incapacidad laboral en la salud laboral.