dl 3529, artículo 12
Texto
Artículo 12.- Los nombramientos y el encasillamiento en los cargos señalados en el artículo 10 hasta el grado 9° de la Escala Unica de Sueldos, inclusive, serán efectuados por decreto supremo que se expedirá por intermedio del Ministerio del Interior. La designación y encasillamiento, en su caso, de los funcionarios de grados inferiores al indicado se harán por resolución dictada por el Director Administrativo bajo la fórmula "Por orden del Presidente de la República".