DS 67 de 2008 Mintrab, artículo 6
Texto
Artículo 6°.- El trabajador independiente podrá acreditar ante el respectivo organismo administrador el carácter profesional de alguna enfermedad que no estuviera enumerada en la lista contenida en el decreto supremo N° 109, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, y que hubiera contraído como consecuencia directa de su trabajo.
Circulares relacionadas (1)
Fecha publicación | Título | Temas | Resumen | Legislación citada | Descargar |
---|---|---|---|---|---|
28/06/2019 | Circular 3431 | Seguro laboral (Ley 16.744)Trabajadores independientes | INCORPORACIÓN DE LOS TRABAJADORES INDEPENDIENTES AL SEGURO DE LA LEY N°16. 744 MODIFICA EL COMPENDIO DE NORMAS DEL SEGURO SOCIAL DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA LEY N°16.744 | DFL 1 de 2006 Minsal, artículo 152DFL 44 de 1978 Mintrab, artículo 17DL 3500, artículo 16DL 3500, artículo 90DL 824, artículo 42 (del art 1)DS 101 de 1968 Mintrab, artículo 71DS 110 de 1968 MintrabDS 67 de 2008 Mintrab, artículo 13DS 67 de 2008 Mintrab, artículo 15DS 67 de 2008 Mintrab, artículo 6Ley 16.395, artículo 2Ley 16.395, artículo 3Ley 16.395, artículo 30Ley 16.395, artículo 38Ley 16.744, artículo 12Ley 16.744, artículo 15Ley 16.744, artículo 68ley 18.095, artículo 1Ley 19.578, artículo sexto transitorioLey 20.255, artículo 88Ley 20.255, artículo 89Ley 20.255, artículo 90Ley 21.063Ley 21.133 | Circular 3431 |
Boletín SUSESO (1)
Boletín SUSESO 2021 - Número 2Boletín SUSESO 2021 - Número 3Boletín SUSESO 2021 - Número 4Capacitación Asincrónica
Capacitación Asincrónica: Trabajadores independientes ante la SUSESO. Una breve inducción
Noviembre
Este material corresponde a una propuesta educativa de apoyo en la difusión de los principios técnicos y sociales de seguridad social, mediante la divulgación de los textos legales correspondientes y del resultado de su aplicación, orientado a los usuarios de la Seguridad Social