Dictamen 5363-2019
1.- Esa Subsecretaría, en el ejercicio de las funciones y atribuciones que le confiere la Ley N°21.063 que creó el Seguro para el Acompañamiento de Niños y Niñas afectados por una condición grave de salud (SANNA), ha estimado necesario solicitar a esta Superintendencia un pronunciamiento en relación a determinados casos que, según indica, no se encuentran abordados en las Circulares emitidas sobre la materia.
Los casos cuyos pronunciamientos se solicitan, son los siguientes:
a) Si resulta aplicable el artículo 15 del D.F.L. N°44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social a las licencias médicas SANNA, es decir, si a éstas se les aplica la continuidad del derecho a subsidio cuando haya terminado el contrato de trabajo del trabajador o trabajadora y se presenta el finiquito asociado.
b) Si corresponde autorizar con derecho a subsidio por incapacidad laboral (SIL) una licencia médica SANNA, cuando el trabajador o trabajadora es cesante temporal, condición acreditada en la primera presentación y no se completa la zona C de las licencias médicas que siguen a la primera.
c) Si corresponde autorizar con derecho a SIL una licencia médica SANNA, cuando el trabajador o trabajadora entregó a conformidad en su primera presentación los requisitos establecidos en la normativa y presenta licencias médicas continuas, posteriores a la primera, donde el empleador no aporta la zona C y tampoco los antecedentes que respaldan la relación laboral.
2.- Sobre el particular, esta Superintendencia cumple con informar, en primer término, que la Ley N°21.063 creó un nuevo beneficio de seguridad social, denominado "Seguro para el Acompañamiento de Niños y Niñas", en adelante SANNA, de carácter obligatorio que permite al padre, a la madre o al tercero a cuyo cargo se encuentra un menor, que tengan la calidad de trabajadores, ausentarse justificadamente de su trabajo durante un tiempo determinado, con el objeto de prestar atención, acompañamiento o cuidado personal a sus hijos e hijas mayores de 1 año y menores de 15 o 18 años de edad, según corresponda, cuando estén afectados por una condición grave de salud durante el período de tratamiento o recuperación o en la fase final de una condición terminal. Durante este período el trabajador o trabajadora que cumple determinados requisitos de afiliación y cotización recibe un subsidio que reemplaza total o parcialmente su remuneración o renta mensual.
Por su parte, el artículo 42 de la Ley SANNA establece que esta Superintendencia ejercerá las funciones y atribuciones de supervigilancia, control, regulación, fiscalización y sanción respecto del Seguro. Para estos efectos, este Organismo estará investida de las mismas facultades que su normativa legal le otorgue respecto de los organismos sometidos a su fiscalización.
Atendido lo anterior, este Organismo y dentro de la órbita de su competencia, se pronunciará sobre los casos señalados en el mismo orden de la consulta:
a) Aplicabilidad del artículo 15 del D.F.L. N°44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social: El citado artículo 15 establece que "los subsidios durarán hasta el término de la correspondiente licencia médica, aún cuando haya terminado el contrato de trabajo". Al respecto, cabe señalar que el artículo 15 resulta perfectamente aplicable a las licencias médicas SANNA de trabajadores y trabajadoras dependientes de los sectores privado y público. En efecto, la Ley N°21.063 establece el derecho al subsidio para los trabajadores dependientes, sin distinguir si la prestación de servicios es para el sector privado o público, entendiéndose por tanto que los funcionarios públicos perciben subsidio y no mantienen su remuneración.
b) Autorización de licencia médica SANNA con derecho a SIL, en el caso de un trabajador temporal cesante cuya condición de cesantía fue acreditada en una primera presentación (entendiendo que se trata de una primera licencia) y en las licencias médicas que le siguen, no se completa la zona C. En este caso, corresponde la autorización de la licencia médica SANNA con derecho a subsidio, en el entendido que no conste antecedente alguno que el trabajador o trabajadora ha iniciado una nueva relación laboral.
c) Autorización de licencia médica SANNA de un trabajador o trabajadora que, en una primera presentación, su empleador completó la zona C y en las siguientes licencias médicas continuas no aportó la zona C. En este caso, si las licencias médicas son continuas, bastará que la licencia médica anterior contenga la información de la zona C, evento en cual se debe dar curso a la licencia médica aun cuando se encuentre incompleta.
3.- En consecuencia y mérito de lo antes expuesto, este Organismo solicita a usted dar la mayor difusión a los pronunciamientos a que se refiere el presente Oficio. Sin perjuicio de lo anterior, estos pronunciamientos serán incorporados en las nuevas instrucciones que elabore esta Superintendencia.
Fecha de publicación | Título | Temas | Resumen | Fuentes |
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23/07/2024 | Circular 3818 | Ley Sanna | SEGURO PARA EL ACOMPAÑAMIENTO DE NIÑOS Y NIÑAS (SANNA). IMPARTE INSTRUCCIONES PARA LA APLICACIÓN DE LOS NUEVOS INCISOS QUINTO Y SEXTO DEL ARTÍCULO 15 DE LA LEY N°21.063 | ley N° 21.063; Ley N° 21.614 |
31/10/2023 | Circular 3791 | SEGURO PARA EL ACOMPAÑAMIENTO DE NIÑOS Y NIÑAS (SANNA). DEROGA Y REEMPLAZA LAS CIRCULARES N°s 3.410 Y 3.678, DE 2019 Y 2022, DE LA SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL | Ley N° 21.063; Ley Nº 21.614 | |
30/10/2023 | Circular 3789 | SEGURO PARA EL ACOMPAÑAMIENTO DE NIÑOS Y NIÑAS (SANNA). ACTUALIZA INSTRUCCIONES. DEROGA CIRCULARES N°s 3.363, 3.439, 3.534 y 3.767, SOBRE REQUERIMIENTOS DE INFORMACIÓN QUE DEBEN REMITIR MENSUALMENTE A LA SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL, LAS ENTIDADES RECAUDADORAS, PAGADORAS Y ADMINISTRADORAS DEL FONDO SANNA | Ley N° 21.063; Ley Nº 21.614 | |
30/10/2023 | Circular 3788 | Ley Sanna | SEGURO PARA EL ACOMPAÑAMIENTO DE NIÑOS Y NIÑAS (SANNA). MODIFICA INSTRUCCIONES IMPARTIDAS POR LA CIRCULAR No 3.367, DE 2018, DE LA SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL | Leyes Nos. 16.395, 21.010, 21.063 y 21.614 |
20/10/2023 | Circular 3785 | Ley Sanna | SEGURO PARA EL ACOMPAÑAMIENTO DE NIÑOS Y NIÑAS (SANNA). ACTUALIZA INSTRUCCIONES. REEMPLAZA Y DEROGA CIRCULAR N°3.364, DE 2018 Y CIRCULAR N°3.407, DE 2019, AMBAS DE ESTA SUPERINTENDENCIA | ley N° 21.063; Ley N° 21.614 |
28/09/2023 | Circular 3768 | Ley Sanna | SEGURO PARA EL ACOMPAÑAMIENTO DE NIÑOS Y NIÑAS (SANNA). IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE LA CONTINGENCIA “ENFERMEDAD GRAVE QUE REQUIERA HOSPITALIZACIÓN EN UNA UNIDAD DE CUIDADOS INTENSIVOS O DE TRATAMIENTOS INTERMEDIOS”, ESTABLECIDA EN LA LETRA E) DEL ARTÍCULO 7° DE LA LEY N°21.063 | ley N° 21.063; Ley N° 21.614 |
28/09/2023 | Circular 3767 | Ley Sanna | SEGURO PARA EL ACOMPAÑAMIENTO DE NIÑOS Y NIÑAS (SANNA). MODIFICA Y COMPLEMENTA INSTRUCCIONES IMPARTIDAS POR LAS CIRCULARES N°s 3.363 Y 3.364, MODIFICADA ESTA ÚLTIMA POR LA CIRCULAR N°3.407 | Leyes N°s 21.063 y 21.614 |
28/06/2022 | Circular 3678 | Ley Sanna | SEGURO PARA EL ACOMPAÑAMIENTO DE NIÑOS Y NIÑAS. MODIFICA Y COMPLEMENTA INSTRUCCIONES IMPARTIDAS POR LA CIRCULAR No 3.410, DE 2019, DE LA SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL | Leyes N°s. 16.395, 21.010 y 21.063; D.S. N° 112, de 2018, del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, |
28/12/2021 | Circular 3646 | Licencias médicas - Varios | IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE LAS CAUSALES DE RECHAZO DE ORDEN JURÍDICO DE LA LICENCIA MÉDICA | Ley Nª 16.394; D.S. Nª 3, de 1984, del MINSAL |
17/11/2021 | Circular 3632 | Ley Sanna | SEGURO PARA EL ACOMPAÑAMIENTO DE NIÑOS Y NIÑAS (SANNA). MODIFICA INSTRUCCIONES IMPARTIDAS POR LA CIRCULAR No 3.367, DE 2018, DE LA SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL | Leyes Nos. 16.395, 21.010 y 21.063 |
25/01/2021 | Circular 3575 | Licencias médicas | APLICACIÓN DE LAS MODIFICACIONES QUE SE INDICAN, AL D.S. N°3, DE 1984, DEL MINISTERIO DE SALUD, QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE AUTORIZACIÓN DE LICENCIAS MÉDICAS POR LAS COMISIONES DE MEDICINA PREVENTIVA E INVALIDEZ Y LAS INSTITUCIONES DE SALUD PREVISIONAL, INTRODUCIDAS POR EL DECRETO N°46 de 2019, DEL MISMO MINISTERIO. IMPARTE INSTRUCCIONES | Ley N° 16.395. D.F.L. N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud. D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud. |
24/11/2020 | Circular 3559 | Ley Sanna | SEGURO PARA EL ACOMPAÑAMIENTO DE NIÑOS Y NIÑAS (SANNA). IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE CONTINGENCIA “ACCIDENTE GRAVE CON RIESGO DE MUERTE O DE SECUELA FUNCIONAL GRAVE Y PERMANENTE”, ESTABLECIDA EN LA LETRA D) DEL ARTÍCULO 7° DE LA LEY N°21.063 | Ley N°16.395; Artículo 2, 6, 7, 10, 12, 13, 14, 42 de la Ley N°21.063; Ley N°20.585; Artículo 1° del decreto con fuerza de ley N°1/19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; Artículo 42 número 2 de la Ley de Impuesto a la Renta]; inciso primero del artículo 89 del D.L. N°3.500, de 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N°19.966; Artículo 21 del Decreto N°69, de enero de 2019; Ley N°16.744 |
10/09/2020 | Circular 3534 | Ley Sanna | SEGURO PARA EL ACOMPAÑAMIENTO DE NIÑOS Y NIÑAS. MODIFICA Y COMPLEMENTA INSTRUCCIONES IMPARTIDAS POR LA CIRCULAR Nº 3.363, DE 2018, DE LA SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL | Ley Nº 16.395; Ley Nº 21.010; Ley Nº 21.063; Ley Nº 16.744 |
07/09/2020 | Circular 3533 | Ley Sanna | INFORMA SOBRE EL “SISTEMA DE INFORMACIÓN TECNOLÓGICO DEL SEGURO PARA EL ACOMPAÑAMIENTO DE NIÑOS Y NIÑAS” (SIT-SANNA). IMPARTE INSTRUCCIONES | Ley Nº 16.395; Artículo 21, 42 Ley Nº 21.063; Ley Nº 16.744 |
13/12/2019 | Circular 3479 | Ley Sanna | SEGURO PARA EL ACOMPAÑAMIENTO DE NIÑOS Y NIÑAS (SANNA). IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE CONTINGENCIA ESTADO O FASE TERMINAL DE LA VIDA, ESTABLECIDA EN LA LETRA C) DEL ARTÍCULO 7° DE LA LEY N°21.063. | Ley N°16.395; Artículo 2, 6, 7, 10, 12, 13, 14, 42 de la Ley N°21.063; Ley N°20.585; Artículo 1° del decreto con fuerza de ley N°1/19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; Artículo 42 número 2 de la Ley de Impuesto a la Renta]; inciso primero del artículo 89 del D.L. N°3.500, de 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N°19.966; Artículo 21 del Decreto N°69, de enero de 2019; Ley N°16.744 |
08/08/2019 | Circular 3439 | Ley Sanna | SEGURO PARA EL ACOMPAÑAMIENTO DE NIÑOS Y NIÑAS (SANNA). MODIFICA INSTRUCCIONES IMPARTIDAS EN LA CIRCULAR N°3.363, A LAS ENTIDADES QUE PARTICIPAN DE LA GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN DEL SEGURO DE LA LEY N° 21.063 | Artículo 37 de la Ley N°21.063; Ley N° 21.010; artículo 45, del D.L. N° 3.500 de 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N°16.744 |
05/04/2019 | Circular 3410 | Ley Sanna | SEGURO PARA EL ACOMPAÑAMIENTO DE NIÑOS Y NIÑAS. IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS INSTITUCIONES Y ENTIDADES QUE PARTICIPAN DE LOS GASTOS DE ADMINISTRACIÓN DEL SEGURO DE LA LEY N°21.063; | Leyes N°s. 16.395, 21.010 y 21.063; D.S. N° 112, de 2018, del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, |
13/03/2019 | Circular 3407 | Ley Sanna | SEGURO PARA EL ACOMPAÑAMIENTO DE NIÑOS Y NIÑAS (SANNA). COMPLEMENTA Y MODIFICA INSTRUCCIONES IMPARTIDAS EN LA CIRCULAR N° 3.364, A LAS ENTIDADES E INSTITUCIONES QUE PARTICIPAN EN LA GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN DEL SEGURO DE LA LEY N°21.063, PARA EL OTORGAMIENTO DEL BENEFICIO | Ley N° 21.133; Ley N° 16.395; Ley N° 21.063 |
03/07/2018 | Circular 3367 | Ley Sanna - Licencias médicas - Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) | SEGURO PARA EL ACOMPAÑAMIENTO DE NIÑOS Y NIÑAS DE LA LEY N°21.063. IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS ENTIDADES QUE INTERACTÚAN CON EL FONDO SANNA RESPECTO DEL PROCEDIMIENTO PARA OPERAR CON DICHO FONDO. | Leyes N°s. 21.010 y 21.063. |
22/06/2018 | Circular 3364 | Ley Sanna - Licencias médicas - Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) | SEGURO PARA EL ACOMPAÑAMIENTO DE NIÑOS Y NIÑAS. DEROGA Y REEMPLAZA CIRCULAR N° 3346, IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS ENTIDADES E INSTITUCIONES QUE PARTICIPAN EN LA GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN DEL SEGURO DE LA LEY N°21.063, PARA EL OTORGAMIENTO DEL BENEFICIO. | Ley N° 21.063. |
19/06/2018 | Circular 3363 | SEGURO PARA EL ACOMPAÑAMIENTO DE NIÑOS Y NIÑAS. IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE REQUERIMIENTOS DE INFORMACIÓN QUE DEBEN REMITIR MENSUALMENTE A LA SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL LAS ENTIDADES RECAUDADORAS, PAGADORAS Y ADMINISTRADORA DEL FONDO SANNA DE LAS LEYES N°s. 21.010 Y 21.063. | Ley N° 21.063. | |
31/01/2018 | Circular 3346 | Ley Sanna - Licencias médicas - Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) | SEGURO PARA EL ACOMPAÑAMIENTO DE LOS NIÑOS Y NIÑAS. IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS ENTIDADES E INSTITUCIONES QUE PARTICIPAN EN LA GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN DEL SEGURO DE LA LEY N°21.063, PARA EL OTORGAMIENTO DEL BENEFICIO Y PAGO DEL SUBSIDIO | Ley N° 21.063 |
08/05/2017 | Circular 3293 | Ley Sanna - Seguro laboral (Ley 16.744) | FONDO QUE FINANCIA EL SEGURO PARA LAS MADRES Y PADRES DE HIJOS E HIJAS MAYORES DE UN AÑO Y MENORES DE 15 O 18 AÑOS DE EDAD, SEGÚN CORRESPONDA, AFECTADOS POR UNA CONDICIÓN GRAVE DE SALUD. IMPÁRTE INSTRUCCIONES A LAS MUTUALIDADES DE EMPLEADORES DE LA LEY N° 16.744 |
Fecha publicación | Título | Temas | Descriptores | Fuentes |
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31/08/2023 | Dictamen O-01-S-00857-2023 | Ley Sanna | Ley SANNA | Leyes N°s. 16.395 y 21.063 y, Decreto N°4, de 2020, del Ministerio de Salud. |
25/10/2022 | Dictamen 4327-2022 | Ley Sanna | Ley SANNA - Base de cálculo | Leyes N°s 16.395 y 21.063 |
30/06/2022 | Dictamen 2589-2022 | Ley Sanna | Ley SANNA | Leyes N°s. 16.395 y 21.063 y, Decreto N°4, de 2020, del Ministerio de Salud. |
11/03/2022 | Dictamen 932-2022 | Ley Sanna - Varios | Cobranza de cotizaciones - Multas | Leyes N°s 16.395, 16.744, 17.322, 19.880, 21.010 y 21.063. |
17/11/2021 | Dictamen 4297-2021 | Asignación familiar - Ley Sanna - Licencias médicas - Seguro laboral (Ley 16.744) - Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) - Trabajadores independientes | Trabajadores independientes | Leyes N°s. 16.395 y 21.133 |
04/05/2021 | Dictamen 54652-2021 | Ley Sanna | Ley SANNA - Base de cálculo | Ley Nº 16.395; Ley Nº 21.063 |
04/02/2021 | Dictamen 468-2021 | Ley Sanna | Ley Sanna | Leyes N°s 16.395 y 21.063, y Decretos N°4 y 1, de 2020 y 2021, respectivamente, ambos del Ministerio de Salud |
13/01/2021 | Dictamen 3306-2021 | Ley Sanna | Ley SANNA | |
17/06/2020 | Dictamen 2018-2020 | Ley Sanna | Ley SANNA | Leyes N°s 16.395 y 21.063 y Decretos N°4, de 5 de enero de 2020, del Ministerio de Salud y N°104, de 18 de marzo de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, prorrogado por el decreto N°269, de 12 de junio de 2020, del citado Ministerio. |
12/05/2020 | Dictamen 42365-2020 | Trabajador independiente - Licencia Médica - Subsidio por incapacidad laboral | Ley 16.395; Ley 18.933; Ley 21.133; DFL 44 de 1978 del Ministerio del Trabajo; DFL 1 de 2005 del Ministerio de Salud | |
13/11/2019 | Dictamen 6807-2019 | Ley Sanna | Seguro para el acompañamiento de niños y niñas | Leyes N°s.16.395; Artículo 1, 2°, letra b) de la Ley N°21.063; Ley N°16.744; Ley N°21.010; D.L. N°3.500, 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, |
10/07/2019 | Dictamen 4960-2019 | Ley Sanna | Ley Sanna - Licencias médicas | : Artículos 12, 13, 14 de la Ley N°21.063, Decreto 69, de 2019, del Ministerio del Trabajo y Previsión |
25/06/2019 | Dictamen 4647-2019 | Ley Sanna | Licencias médicas - Ley Sanna | Ley N°21.063 |
24/05/2019 | Dictamen 3975-2019 | Ley Sanna | Licencias médicas - Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) - Licencia médica Ley SANNA | Leyes N°s 16.395 y 21.063 |
24/04/2019 | Dictamen 3435-2019 | Ley Sanna | Ley SANNA | Ley N°21.063; decreto con fuerza de ley N° 1, de 1968, del Ministerio de Defensa Nacional, |
11/04/2019 | Dictamen 4620-2019 (Resolución Exenta IBS) | Ley Sanna | Seguro para el acompañamiento de niños y niñas | Ley Nº16.395; artículo 9° inciso final, de la Ley N°21.063; D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud |
09/04/2019 | Dictamen 05961-2019 | Ley Sanna | Resolución - Licencias Médicas SANNA - Causales - De orden jurídico administrativo - Incumplimiento del reposo - Rechazo | Ley N° 16.395; D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N° 21.063 |
03/04/2019 | Dictamen 05106-2019 | Ley Sanna | Traspaso - Licencias Médicas SANNA - Tramitación | Ley N°16.395; D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; artículo 7, 15, 21 Ley N°21.063 |
19/03/2019 | Dictamen 3781-2019 (Resolución Exenta IBS) | Ley Sanna - Licencias médicas - Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) | Seguro para el acompañamiento de niños y niñas | Ley Nº16.395; D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N°21.063 |
05/02/2019 | Dictamen 00701-2019 | Ley Sanna | Licencias Médicas SANNA - Resolución - Causales - De orden jurídico administrativo - Rechazo | Ley N° 16.395; D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N° 21.063 |
22/01/2019 | Dictamen 873-2019 | Ley Sanna | Cobranzas de cotizaciones - Multas | Leyes N°s. 16.395, 16.744, 17.322 y 21.063. |
13/11/2018 | Dictamen 55417-2018 | Ley Sanna - Licencias médicas - Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) | Seguro para el acompañamiento de niños y niñas | Ley N°21.063. |
13/11/2018 | Dictamen 55415-2018 | Ley Sanna - Licencias médicas | Seguro para el acompañamiento de niños y niñas | Ley N°21.063. |
06/11/2018 | Dictamen 54147-2018 | Ley Sanna - Licencias médicas | Seguro para el acompañamiento de niños y niñas | D.F.L. N°44, de 1978, del Ministerio de Trabajo y Previsión Social; D.L. N°3.500, de 1980, del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, que establece el Nuevo Sistema de Pensiones y Leyes N°s. 17.322, 21.010 y 21.063. |
25/10/2018 | Dictamen 52486-2018 | Ley Sanna - Varios | Cobranza de cotizaciones - Multas | Leyes N°s 16.395, 16.744, 17.322, 19.880, 21.010 y 21.063. |
16/10/2018 | Dictamen 50759-2018 | Ley Sanna - Licencias médicas - Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) | Financiamiento - Seguro para el acompañamiento de niños y niñas | Leyes N°s 16.395 y 21.063. |
22/08/2018 | Dictamen 42615-2018 | Ley Sanna - Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) | Seguro para el acompañamiento de niños y niñas | D.F.L. N°44, de 1978, del Ministerio de Trabajo y Previsión Social; D.L. N°3.500, de 1980, del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, que establece el Nuevo Sistema de Pensiones y Leyes N°s. 17.322, 21.010 y 21.063 |
25/06/2018 | Dictamen 32920-2018 | Ley Sanna - Licencias médicas - Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) | Sanna | Ley N°21.063 |
21/06/2018 | Dictamen 32672-2018 | Ley Sanna - Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) | Derecho a subsidio - Licencia médica Ley SANNA - Funcionarios públicos | Ley N°21.063 |
05/04/2018 | Dictamen 16883-2018 | Ley Sanna - Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) | Seguro para el acompañamiento de niños y niñas | Ley N°21.063 |
23/02/2018 | Dictamen 10185-2018 | Ley Sanna - Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) | Seguro para el acompañamiento de niños y niñas | D.F.L. N°44, de 1978, del Ministerio de Trabajo y Previsión Social; D.L. N°3.500, de 1980, del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, N°s. 17.322, 21.010 y 21.063 |
26/03/2015 | Dictamen 18854-2015 | Ley Sanna - Varios | Cobranza de cotizaciones - Multas | Leyes N°s 16.395, 16.744, 17.322, 19.880, 21.010 y 21.063 |
Título | Detalle |
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Artículo 15 | DFL 44 de 1978 Mintrab, artículo 15 |