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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 476-2011

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Fecha: 05 de enero de 2011

Tema: Ley N° 16.744

Destinatario: ASOCIACIÓN CHILENA DE SEGURIDAD

Acción: Instruye

Criterio: Antiguo

Vigencia: No Alterado

Descriptores: Enfermedad- Evaluación- Exámenes ocupacionales-

Fuentes: Ley N° 16.744

Concordancia con Circulares: Circular 2296, de la Superintendencia de Seguridad Social


Ha recurrido a esta Superintendencia el ex trabajador de una Empresa adherente de esa Mutualidad, reclamando en contra de la COMPIN de la VI Región, por exigirle audiometrías seriadas realizadas en un centro adscrito al PEECA.

Sobre el particular, esta Superintendencia manifiesta que, de acuerdo con lo establecido por el artículo 72 letra a) del D.S. 101, corresponde que ese organismo administrador realice al trabajador los exámenes necesasrios para determinar la existencia de la enfermedad profesional que señala padecer el interesado, siempre que en el lugar de trabajo hayan existido agentes o factores de riesgo que pudieren asociarse a una enfermedad profesional.

Por lo expuesto, corresponde que esa Entidad realice los estudios audiométricos pertinentes, con el objeto de determinar si el trabajador preseta hipoacusia y, en caso de ser procedente, remitir los antecedentes a la COMPIN para evaluar el grado de incapacidad que eventualmente le afecte, para lo cual deberá dar cumplimiento a la Circular 2296.

Fecha de publicaciónTítuloTemasResumenFuentes
11/05/2006Circular 2296Seguro laboral (Ley 16.744)Exámenes Audiometricos para la Calificación, Evaluación, Revaluación y Revisión del daño auditivo de los Trabajadores protegidos por el Seguro de Ley N° 16.744, y la Resolución de los reclamos y apelaciones que se interpongan. Imparte instrucciones.Ley N° 16744; Ley N° 16395; D.S. N° 1, de 1972, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 79, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 2763, de 1979, del Ministerio de Salud Pública.
Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresFuentes
19/03/2015Dictamen 17567-2015Seguro laboral (Ley 16.744)Audiometrías peeccaLey Nº 16.395.
07/05/2014Dictamen 28262-2014Seguro laboral (Ley 16.744)Enfermedades auditiva peeccaLey N° 16.744
20/09/2012Dictamen 59984-2012Seguro laboral (Ley 16.744)Enfermedades exámenes ocupacionales auditiva peecca organismo obligado exámenes de control agente causal de la enfermedadLey N°16.744; D.S.101 de 1969, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
20/01/2011Dictamen 4049-2011Seguro laboral (Ley 16.744) Ley N° 16.744
05/01/2011Dictamen 475-2011Seguro laboral (Ley 16.744) Ley N° 16.744
04/03/2010Dictamen 11669-2010Seguro laboral (Ley 16.744)Enfermedad - EvaluaciónLey N° 16.744; D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
27/02/2007Dictamen 12813-2007Seguro laboral (Ley 16.744) Ley N° 16.744; D.S. N° 109, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
05/02/2007Dictamen 7140-2007Seguro laboral (Ley 16.744) Ley N° 16.744; D.S. N° 101, de 1969, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
13/07/2006Dictamen 34257-2006Seguro laboral (Ley 16.744) Ley N° 16.744
13/01/1995Dictamen 476-1995Pensiones asistenciales - PASIS (Subsidio al discapacitado mental menores de 18 años) Ley Nº 18.600; D.L. Nº 869, de 1975
TítuloDetalle
Artículo 72DS 101 de 1968 Mintrab, artículo 72