dl 249, artículo 15
Texto
Artículo 15°- Toda creación, modificación o cambio de denominación, de cargos o escalafones derivado de reestructuraciones, reorganizaciones, creación de nuevos servicios o de cualquier otra causa, requerirá para la respectiva ubicación dentro de la Escala Unica, del informe técnico de la Dirección de Presupuestos y deberá ser sancionada por decreto ley suscrito por el Ministro de Hacienda.