DFL 150 de 1982 Mintrab, artículo 21
Texto
Artículo 21°.- El fondo se financiará exclusivamente con aportes fiscales que se fijarán en la Ley de Presupuestos y se regirá por lo dispuesto en el decreto ley N° 1.263, de 1975 y sus modificaciones.
Artículo 21°.- El fondo se financiará exclusivamente con aportes fiscales que se fijarán en la Ley de Presupuestos y se regirá por lo dispuesto en el decreto ley N° 1.263, de 1975 y sus modificaciones.