Dictamen 3577-2016
1.- Una trabajadora ha recurrido a esta Superintendencia, reclamando en contra de la COMPIN, que ratificó lo actuado por la ISAPRE, que rechazó sus licencias médicas continuadas que otorgaron reposo a contar del 28/05/2015, por presentación fuera de plazo a su empleador, en circunstancias que fueron extendidas el día 03/07/2015, por la Mutualidad, al derivarla a su sistema previsional de salud común por su patología de base, no cubierta por la Ley N° 16.744.
Adjunta entre otros antecedentes, resolución de la Mutualidad, la cual señala que la situación acaecida a la interesada corresponde a un accidente de carácter común.
2.- Sobre el particular, cabe señalar que, de acuerdo a lo prescrito en el artículo 11 del Decreto Supremo Nº3, referido en Fuentes, tratándose de trabajadores dependientes del sector privado, como es el caso en análisis, el formulario respectivo debe presentarse al empleador dentro del plazo de dos días hábiles, contados desde la fecha de inicio de reposo de la licencia.
Asimismo, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 54 del mismo cuerpo reglamentario, la presentación de la licencia médica por parte del trabajador fuera del plazo señalado, habilita a la COMPIN para rechazarla. En el inciso segundo del citado artículo, se contempla una excepción a dicha regla para aquellos casos en que el trabajador acredite que la inobservancia del plazo se debió a caso fortuito o fuerza mayor y bajo el supuesto de que la licencia médica se encuentre dentro de su vigencia, esto es, mientras dure el reposo consignado en ella.
Sin embargo, en casos excepcionales, esta Superintendencia ha ordenado autorizar licencias médicas tramitadas fuera de su período de vigencia, cuando la causal de fuerza mayor o caso fortuito es de tal envergadura que excedió dicho período e hizo absolutamente imposible exigir otra conducta al beneficiario de la licencia. Es decir, cuando se trate de una causal de fuerza mayor o caso fortuito en los términos del artículo 45 del Código Civil, es decir, aquel imprevisto al que no es posible resistir.
En la especie, la licencia médica otorgó reposo a contar del 28/05/2015, mientras que la licencia médica lo hizo a contar del 27/06/2015, siendo recién emitidas el día viernes 03/07/2015, y presentadas a su empleador el día 07/07/2015, esto es, fuera de plazo y vigencia. En la especie, era imposible que el interesado cumpliese con lo establecido en el artículo 11 del Decreto Supremo Nº3 antes citado, debido a que la Mutualidad estaba evaluando su patología, hasta que finalmente lo calificó como de origen común y emitió las respectivas licencias médicas.
Por tanto, este Organismo declara que la causal de rechazo esgrimida por esa Entidad no resulta aplicable en la situación en estudio, toda vez que en conformidad con lo dispuesto en la Circular N° 2229, de 2005, de este Organismo, no procede que se rechace por presentación fuera de plazo una licencia emitida por una Mutualidad, cuando esta actúa en el ámbito de la Ley N° 16.744, toda vez que en el caso de ser extendida y entregada tardíamente, como ocurriera en la situación en estudio, para el trabajador ha existido una fuerza mayor que ha impedido su presentación oportuna.
3.- En consecuencia, se instruye a la COMPIN para que proceda a modificar sus resoluciones anteriores, ordenando a la ISAPRE autorizar las licencias médicas.
Fecha de publicación | Título | Temas | Resumen | Fuentes |
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16/12/2020 | Circular 3561 | Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) | RÉGIMEN DE SUBSIDIOS POR INCAPACIDAD LABORAL ADMINISTRADO POR LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR MODIFICA CIRCULAR Nº 2.358, DE 2007 Y SIGUIENTES QUE LA COMPLEMENTAN | D.F.L. N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.F.L. N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud; D.F.L. N° 707, de 1982, del Ministerio de Justicia; D.L. N° 2062, de 1977, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 2412, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 3500, de 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 16744; Ley N°17322; Ley N° 18010; Ley N° 18418; Ley N° 18833; Ley N° 19117; Ley N° 19378; Ley N°19728; Ley Nº 21.289 |
13/09/2016 | Circular 3244 | Seguro laboral (Ley 16.744) | IMPARTE INSTRUCCIONES A LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES DE LA LEY N° 16.744 Y A LAS ENTIDADES QUE PARTICIPAN EN LA ADMINISTRACION DEL REGIMEN DE SALUD COMÚN PARA LA CALIFICACIÓN DE PATOLOGÍAS Y APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 77 BIS DE LA LEY N° 16.744. DEROGA Y REEMPLAZA LA CIRCULAR 2229, DE 2005. | Ley N° 16744, artículo N° 77 bis; Ley N° 18010; D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 1819, de 1977, del Ministerio de Hacienda. |
02/02/2007 | Circular 2358 | Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) | REFUNDE Y ACTUALIZA INSTRUCCIONES A LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR SOBRE LA ADMINISTRACIÓN DEL RÉGIMEN DE SUBSIDIOS POR INCAPACIDAD LABORAL. | D.F.L. N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.F.L. N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud; D.F.L. N° 707, de 1982, del Ministerio de Justicia; D.L. N° 2062, de 1977, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 2412, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 3500, de 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 16744; Ley N°17322; Ley N° 18010; Ley N° 18418; Ley N° 18833; Ley N° 19117; Ley N° 19378; Ley N°19728 |
17/08/2005 | Circular 2229 | Seguro laboral (Ley 16.744) | IMPARTE INSTRUCCIONES A LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES DE LA LEY N°16.744 Y ENTIDADES QUE PARTICIPAN EN EL RÉGIMEN DE SALUD COMÚN, PARA CALIFICACION DE PATOLOGIAS Y APLICACION DEL ARTICULO 77 BIS, DE LA LEY N°16.744. | Ley N° 16744, artículo N° 77; Ley N° 18010; Ley N° 19628; D.S. N° 3 de 1984, del Ministeno de Salud; D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 1819, de 1977, del Ministerio de Hacienda. |
22/02/2002 | Circular 1974 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Aplicación del Artículo 77 Bis de la Ley N° 16.744. Imparte instrucciones a los Organismos Administradores de la Ley N° 16.744 y a Organismos Administradores de Seguro Social de Salud Común. | Ley N° 16744; Ley N° 18010; Ley N° 19394 |
11/04/1997 | Circular 1573 | Seguro laboral (Ley 16.744) | COMPLEMENTA INSTRUCCIONES IMPARTIDAS MEDIANTE CIRCULAR N° 1424, DE 1995 Y 1541, DE 1996. REEMBOLSO DE PRESTACIONES MÉDICAS Y PECUNIARIAS. REQUERIMIENTO. | Ley N° 16744; Ley N° 19394 |
22/08/1995 | Circular 1424 | Seguro laboral (Ley 16.744) | LICENCIAS O REPOSOS MÉDICOS RECHAZADOS FUNDADOS EN ORIGEN COMÚN O PROFESIONAL DE LA AFECCIÓN. INSTRUCCIONES SOBRE LA LEY N°19.394. | Ley N° 16744; Ley N° 18010; Ley N° 19394 |
Fecha publicación | Título | Temas | Descriptores | Fuentes |
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01/08/2016 | Dictamen 45141-2016 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Plazo para el envío de cartas de cobranza | Ley N° 16.744. |
25/04/2016 | Dictamen 24734-2016 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Artículo 77 bis segundo organismo no debe formular un nuevo rechazo | Ley N° 16.744. |
08/10/2015 | Dictamen 63366-2015 | Licencias médicas | Resolución rechazo causales de orden jurídico administrativo fuera de plazo fuerza mayor calificación común organismo adminstrador | D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud. |
03/12/2014 | Dictamen 80408-2014 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Artículo 77 bis organismo obligado al reembolso servicio de salud | Leyes N°s. 16.395 y 16.744. |
03/11/2014 | Dictamen 72707-2014 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Gastos médicos - Reembolso | Leyes N°s. 16.395 y 16.744. |
16/04/2013 | Dictamen 23569-2013 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Reembolsos entre instituciones | Ley N° 16.744. |
12/04/2013 | Dictamen 22877-2013 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Reembolso prestaciones | Leyes N°s. 16.395 y 16.744. |
11/02/2013 | Dictamen 9315-2013 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Configuración - Reposo futuro | Ley N° 16.744. |
30/11/2012 | Dictamen 77456-2012 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Accidente - Calificación - Competencia - Patología - Procedimiento | Leyes N°s. 16.395 y 16.744. |
22/07/2011 | Dictamen 42836-2011 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Reembolso entre instituciones | Ley N°16.744. |
01/06/2010 | Dictamen 33364-2010 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Procedimiento | Ley Nº16.744 y D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud. |
18/05/2010 | Dictamen 30219-2010 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Procedimiento | Ley N° 16.744; D.S. N°101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social |
21/12/2009 | Dictamen 67022-2009 | Seguro laboral (Ley 16.744) - Accidente de trayecto | Accidente - Interrupción - Trayecto | Ley N° 16.744, D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social |
10/11/2009 | Dictamen 58058-2009 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Ley N° 16.744 | |
26/06/2007 | Dictamen 41332-2007 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Ley N° 16.744 | |
22/06/2007 | Dictamen 40579-2007 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Ley N° 16.744 | |
18/06/2007 | Dictamen 38859-2007 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Ley N° 16.744 | |
04/06/2007 | Dictamen 36019-2007 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Ley Nº 16.744; Ley Nº 20.101 | |
30/05/2007 | Dictamen 34394-2007 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Ley Nº 16.744; Ley Nº 20.101 | |
08/05/2007 | Dictamen 29722-2007 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Ley N° 16.744; D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud | |
30/03/2007 | Dictamen 20292-2007 | Licencias médicas | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud | |
29/01/2007 | Dictamen 5814-2007 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Ley N° 16.744; D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud | |
22/09/2006 | Dictamen 48116-2006 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Ley N° 16.744 | |
24/07/2006 | Dictamen 36536-2006 | Seguro laboral (Ley 16.744) | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud | |
11/07/2006 | Dictamen 33692-2006 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Calificación - Cobranza - Común - Prestaciones económicas | Ley Nº16.744. |
29/06/2006 | Dictamen 31368-2006 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Reembolsos entre instituciones | Ley N°16.744. |
14/06/2006 | Dictamen 28432-2006 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Ley N°16.744 | |
27/01/2006 | Dictamen 4555-2006 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Ley Nº 16.744 | |
02/11/2005 | Dictamen 53253-2005 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Ley Nº 16.744 | |
07/10/2005 | Dictamen 48979-2005 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Ley Nº 16.744 | |
22/09/2005 | Dictamen 45674-2005 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Ley Nº 16.744 | |
16/09/2005 | Dictamen 45061-2005 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Ley Nº 16.744 |
Título | Detalle |
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Ley 16.744 | Ley 16.744 |