Ley 19.539, artículo 18
Texto
Artículo 18.- El mayor gasto fiscal que represente, durante el año 1997, la aplicación de esta ley, se financiará con transferencias del ítem 50-01-03-25-33.104 de la Partida Tesoro Público del presupuesto vigente.".
Artículo 18.- El mayor gasto fiscal que represente, durante el año 1997, la aplicación de esta ley, se financiará con transferencias del ítem 50-01-03-25-33.104 de la Partida Tesoro Público del presupuesto vigente.".