Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales
2. Trabajador independiente voluntario
LIBRO I. DESCRIPCIÓN GENERAL DEL SEGURO
TÍTULO III. Personas protegidas o cubiertas
B. Trabajadores independientes
CAPÍTULO II. Categorías de trabajadores independientes
2. Trabajador independiente voluntario
Trabajador independiente voluntario
Aquellos trabajadores independientes que perciban rentas distintas a las establecidas en el artículo 42 N°2 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, o que, percibiéndolas, no se encuentren obligados a cotizar, podrán cotizar voluntariamente para el Seguro de la Ley N°16.744, siempre que en el mes correspondiente coticen para pensiones y salud.
Referencias legales: DL 824, artículo 42 (del art 1)
1 notas
Esta(e) Número fue reemplazado(a) por la Circular 3431 del 28 de junio de 2019.2. Trabajador independiente voluntarioNota personalizada, actualización 21 - Circular 3431 - Libro I, Título III, Letra B, Capítulo II, Número 2 - 28.06.2019Modificación vigente a partir del 1° de julio de 2019.