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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Ley 10.336, artículo 73

Texto

    Artículo 73. Además de las responsabilidades constitucionales y legales que correspondan al Presidente de la República y a sus Ministros, los funcionarios fiscales y semifiscales serán también personalmente responsables por, los daños que ocasionen por el incumplimiento de esta ley, y el afectado podrá ejercitar en su contra las acciones civiles correspondientes.

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