Texto
Artículo 3°.- El Fondo de Formación Sindical y Relaciones Laborales Colaborativas estará constituido por:
a) El aporte que se contemple anualmente en la ley de Presupuestos.
b) Las multas pagadas por prácticas desleales y antisindicales.
c) Las donaciones que se le hagan, y las herencias y legados que acepte, a través de la Subsecretaría del Trabajo, con beneficio de inventario. Dichas donaciones y asignaciones hereditarias estarán exentas de toda clase de impuestos y de todo gravamen o pago que les afecte. Las donaciones no requerirán del trámite de insinuación.
d) Los aportes que se reciban por vía de cooperación internacional a cualquier título.
e) Los demás recursos que perciba por otros conceptos.