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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 19.620, artículo 46

Texto

     Artículo 46.- Introdúcense las siguientes
modificaciones al decreto con fuerza de ley Nº 150, de
1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social:
     1.- Sustitúyense la coma y la conjunción ''y''
colocadas al final de la letra e) del artículo 2º, por un
punto y coma (;).
     2.- Sustitúyese el punto aparte (.) colocado al final
de la letra f) del artículo 2º por una coma (,) seguida de
la conjunción ''y''.
     3.- Agrégase la siguiente letra g) nueva al artículo
2º: ''g) Las personas naturales que tengan menores a su
cargo en virtud de lo establecido en el Nº 4º del
artículo 29º de la ley Nº 16.618.''.
     4.- Sustitúyense la coma (,) y la conjunción ''y''
colocadas al final de la letra e) del artículo 3º, por un
punto y coma (;).
     5.- Sustitúyese el punto aparte (.) colocado al final
de la letra f) del artículo 3º por una coma (,) seguida de
la conjunción ''y''.
     6.- Agrégase la siguiente letra g) nueva al artículo
3º: ''g) Los menores, en los mismos términos que establece
la letra b) de este artículo, que hubiesen sido confiados
al cuidado de personas naturales en virtud de lo establecido
en el Nº 4º del artículo 29 de la ley Nº 16.618.''.
     7.- Agrégase al artículo 8º el siguiente inciso
segundo: ''Las personas a que se refiere la letra g) del
artículo 2º ejercerán el referido derecho ante los
organismos indicados en el artículo 27, y, en caso de no
estar afectas a ellos, lo ejercerán en los términos
señalados en el inciso primero de este artículo.

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Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresLegislación citada
28/07/2000Dictamen 26780-2000Asignación familiar Ley 16.618, artículo 29Ley 18.469Ley 18.933Ley 19.620Ley 19.620, artículo 19ley 19.620, artículo 46