Contenido principal
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Permiso Postnatal Parental

En esta sección se presentan las estadísticas relativas al subsidio por permiso postnatal parental al que tiene derecho la trabajadora por 12 semanas (84 días) a continuación del periodo postnatal. Se puede hacer uso de él en dos modalidades, en jornada completa o en jornada parcial, extendiéndose en el primer caso por 12 semanas y en el segundo por 18.

Cabe destacar que si el cuidado personal del niño o niña ha sido otorgado por sentencia judicial a un tercero, esa persona tendrá derecho a utilizar el permiso.

Si la madre muriera en el parto o durante el periodo de permiso posterior, le corresponderá el permiso o el resto de él que sea destinado al cuidado del niño o niña al padre, al otro progenitor, o a quien tenga otorgado el cuidado personal del niño o niña por sentencia judicial.

Este permiso puede ser traspasado al padre o al otro progenitor, a contar de la séptima semana de él, por el número de semanas que la madre gestante o el titular del beneficio indique. Las semanas utilizadas por el padre o el otro progenitor deben ubicarse en el período final del permiso y deben ser en el mismo régimen que lo haya ejercido la madre gestante o el titular del beneficio.

Situación actual en comparación con los años previos:

Descanso Prenatal

anual periodo

Descanso Postnatal

anual periodo

Permiso Postnatal Parental

anual periodo

Notas:

  • Número de subsidios iniciados: corresponde al número de subsidios que fueron rendidos por primera vez al Fondo Único de Prestaciones Familiares y Subsidios de Cesantía (FUPFySC).
  • Número de días: corresponde al número de días de subsidio pagados y rendidos al Fondo Único de Prestaciones Familiares y Subsidios de Cesantía (FUPFySC).
  • Gasto Total (MM$): corresponde al gasto en subsidios más cotizaciones previsionales en millones de pesos de cada año, rendidos al Fondo Único de Prestaciones Familiares y Subsidios de Cesantía (FUPFySC).