13. Si ya recibí licencia médica preventiva parental por 90 días, ¿puedo acceder a otros tres meses más por esta ley?
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Sí, puede acceder al beneficio de esta ley, y deberá solicitarlo en la AFC si es un trabajador dependiente, en ChileAtiende (IPS) si es trabajador independiente, o en la entidad empleadora si es funcionario público.
Preguntas relacionadas
- 1. ¿A quiénes beneficia?
- 2. ¿Qué requisitos deben cumplir?
- 3. ¿En qué consiste el beneficio?
- 4. ¿Cómo se financia el beneficio?
- 5. ¿Dónde se postula y paga el beneficio?
- 6. ¿Cuándo puedo solicitar el beneficio?
- 7. ¿El beneficio es imponible o tributable?
- 8. ¿Qué ocurre con el fuero maternal?
- 9. ¿Debo presentar algún tipo de documentación para solicitar el beneficio?
- 10. Si hoy recibo postnatal, ¿cuándo puedo pedir el beneficio?
- 11. ¿Cuánto tiempo tengo para solicitar el beneficio respecto de mis licencias médicas preventivas parentales previas?
- 12. ¿Puede mi marido o pareja acceder al beneficio?
- 14. Si mi hijo tiene más de dos años, ¿puedo acceder a la ley?