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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

3. ​¿En qué consiste el beneficio?

Los trabajadores podrán acceder a un beneficio de tres (3) meses, que varía según modalidad de contrato:

  1. TRABAJADORES DEPENDIENTES, podrán acceder a LA SUSPENSIÓN TEMPORAL DE SUS CONTRATOS de trabajo, bajo la Ley de Crianza Protegida. La decisión de acogerse a este beneficio es unilateral por parte del trabajador, y el empleador no podrá negarse.

  2. TRABAJADORES INDEPENDIENTES, tendrán derecho a un BONO DE CARGO FISCAL.

  3. Los FUNCIONARIOS PÚBLICOS, tendrán derecho a un PERMISO SIN GOCE DE REMUNERACIÓN, MÁS UN BONO mensual.

En los tres casos los beneficios en dinero mensuales serán equivalentes a:

  1. 100% del subsidio por incapacidad laboral que recibió mientras hizo uso de la LMPP, en caso que éste haya sido igual o inferior a $1 millón líquido.

  2. 70% del subsidio por incapacidad laboral que recibió mientras hizo uso de la LMPP con un piso de $ 1 millón, en caso de que el subsidio haya sido superior a $1 millón líquido.

Es importante recalcar que el nuevo beneficio se calcula considerando la Licencia Médica Preventiva Parental previa, y no en base a la remuneración del trabajador o trabajadora.​

Vea además:

Nuevo beneficio Crianza ProtegidaCOMPINIsapresRégimen de Licencias médicas y Subsidios por incapacidad laboral (SIL)