6. ¿Cuándo puedo solicitar el beneficio?
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Desde la publicación de la Ley es posible solicitar el beneficio. Es importante resaltar que la solicitud del beneficio debe hacerse durante la vigencia del Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe, y sus prórrogas.
Preguntas relacionadas
- 1. ¿A quiénes beneficia?
- 2. ¿Qué requisitos deben cumplir?
- 3. ¿En qué consiste el beneficio?
- 4. ¿Cómo se financia el beneficio?
- 5. ¿Dónde se postula y paga el beneficio?
- 7. ¿El beneficio es imponible o tributable?
- 8. ¿Qué ocurre con el fuero maternal?
- 9. ¿Debo presentar algún tipo de documentación para solicitar el beneficio?
- 10. Si hoy recibo postnatal, ¿cuándo puedo pedir el beneficio?
- 11. ¿Cuánto tiempo tengo para solicitar el beneficio respecto de mis licencias médicas preventivas parentales previas?
- 12. ¿Puede mi marido o pareja acceder al beneficio?
- 13. Si ya recibí licencia médica preventiva parental por 90 días, ¿puedo acceder a otros tres meses más por esta ley?
- 14. Si mi hijo tiene más de dos años, ¿puedo acceder a la ley?