Compendio de Normas que regulan a las Cajas de Compensación de Asignación Familiar
3.1.18 REGLAMENTOS PARTICULARES
3 LIBRO III. RÉGIMEN DE CRÉDITO SOCIAL
3.1 TÍTULO I. CRÉDITO SOCIAL
3.1.18 REGLAMENTOS PARTICULARES
3.1.18 REGLAMENTOS PARTICULARES
Los Reglamentos Particulares del Régimen de Crédito Social de cada C.C.A.F., de acuerdo al artículo 6º del D.S. N°91, de 1979, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, deben contener, a lo menos, disposiciones sobre las siguientes materias establecidas con carácter general para todos sus afiliados:
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Períodos mínimos de afiliación a la Caja, para su obtención;
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Sistemas de selección y prioridades para su otorgamiento;
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Capacidad económica del solicitante para su restitución;
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Plazos y cauciones, y
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Criterios para la fijación de las tasas de interés.
Referencias legales: DS 91 de 1979 Mintrab, artículo 6