Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales
16. Envío de información de las entidades empleadoras evaluadas a la Superintendencia de Seguridad Social
LIBRO II. AFILIACIÓN Y COTIZACIONES
TÍTULO II. Cotizaciones
B. Cotización adicional diferenciada
CAPÍTULO III. Proceso de evaluación
16. Envío de información de las entidades empleadoras evaluadas a la Superintendencia de Seguridad Social
Envío de información de las entidades empleadoras evaluadas a la Superintendencia de Seguridad Social
Las mutualidades de empleadores y el Instituto de Seguridad Laboral deberán enviar a la Superintendencia de Seguridad Social, el Archivo 'A07': Entidades empleadoras evaluadas D.S.N°67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, según lo señalado en el número 1, Letra B, del Título II. Gestión de Reportes e Información para la Supervisión (GRIS), del Libro IX.
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Esta(e) Número fue incorporado(a) por la Circular 3608 del 15 de julio de 2021.16. Envío de información de las entidades empleadoras evaluadas a la Superintendencia de Seguridad SocialNota personalizada, Actualización 55 - Circular 3608 - Libro II, Título II, Letra B, Capítulo III, número 15; 15-07-2021Modificación vigente a partir de la misma fecha.