DL 603, artículo 10
Texto
Artículo 10º.- El trabajador que percibiere subsidio tendrá derecho, con arreglo a lo dispuesto en la letra c) del artículo 2º del decreto ley Nº 307, al goce de asignaciones familiares y maternales conforme a las disposiciones de dicho texto legal. Mantendrá, igualmente, derecho a las prestaciones médicas contempladas en su respectivo régimen previsional.
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Fecha publicación | Título | Temas | Descriptores | Legislación citada |
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13/02/1981 | Dictamen 414-1981 | Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) | DL 603, artículo 10ley 10.383, artículo 1ley 10.383, artículo 23ley 10.383, artículo 24 |