DL 49 de 1973 Mintrab, artículo 6
Texto
Artículo 6°- Los decretos o resoluciones sobre concesión de beneficios previsionales se someterán al sistema normativo vigente, tramitándose, cuando así correspondiere, ante la Contraloría General de la República, con arreglo a la ley N° 10.336.
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Fecha publicación | Título | Temas | Resumen | Legislación citada | Descargar |
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29/10/1973 | Circular 381 | Varios | IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE LA APLICACIÓN DEL D.L. N° 49, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE 12 DE OCTUBRE DE 1973, MEDIANTE EL CUAL SE FIJAN ATRIBUCIONES A LOS JEFES SUPERIORES DE LAS INSTITUCIONES DE PREVISIÓN SOCIAL Y SE DECLARA EN RECESO A LOS CONSEJOS DE LAS MISMAS. | DL 49 de 1973 Mintrab, artículo 1DL 49 de 1973 Mintrab, artículo 3DL 49 de 1973 Mintrab, artículo 4DL 49 de 1973 Mintrab, artículo 5DL 49 de 1973 Mintrab, artículo 6Ley 16.395Ley 17.322 | Circular 381 |