dl 307, artículo 6
Texto
Artículo 6°.- Los causantes no darán derecho a más de una asignación familiar por cada uno de ellos, aun cuando el beneficiario estuviere acogido a diversos regímenes previsionales y desempeñare trabajos diferentes y aun cuando pudieren ser invocados en dicha calidad por dos o más personas.
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Fecha publicación | Título | Temas | Descriptores | Legislación citada |
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16/11/2007 | Dictamen 75411-2007 | Licencias médicas | dl 307, artículo 13dl 307, artículo 6 |