Dictamen 2085-2020
1. Mediante la presentación individualizada en Antecedentes, el Jefe de la Unidad de Higiene y Seguridad del Servicio de Salud Viña del Mar Quillota, solicitó a esta Superintendencia un pronunciamiento respecto a si los dirigentes gremiales del sector hospitalario, tienen derecho a la cobertura del Seguro de la Ley N°16.744, por los contagios por COVID 19, a que se ven expuestos en ejercicio de su cargo, producto de la atención de funcionarios y de sus actividades en terreno.
2. Sobre el particular, cabe hacer presente que mediante el Oficio N°1.482, de 27 de abril de 2020, esta Superintendencia impartió instrucciones específicas para la calificación del origen, común o laboral, de la enfermedad por COVID -19 que los trabajadores de establecimientos de salud contraigan, en el ejercicio de sus labores y para la cobertura del Seguro de la Ley N°16.744, por el período de aislamiento que deban observar, cuando producto de las mismas, hubieren sido determinados como contactos estrechos de un caso confirmado de la enfermedad. En ambas situaciones, se instruyó a los organismos administradores y a las empresas con administración delegada, otorgar la cobertura del Seguro de la Ley Nº 16.744, considerando que por las condiciones propias de las labores que realizan y del nivel de desarrollo actual de la pandemia, el mayor riesgo de contagio a que se exponen, se encuentra presente en sus lugares de trabajo y es inherente a las funciones que desempeñan. Lo anterior, sin perjuicio que esos organismos y empresas puedan desvirtuar dicha circunstancia, acreditando fundadamente de acuerdo con los antecedentes del caso concreto, que el contagio o la situación de contacto estrecho no fue a causa de su trabajo.
3. Ahora bien, en el entendido que las actividades descritas en su consulta, obedecen al cumplimiento de las funciones que según la Ley N°19.296 corresponde desarrollar a las asociaciones de funcionarios del sector público, entre ellas, la de promover el mejoramiento de sus condiciones de trabajo y la de hacer presente, ante las autoridades competentes, el incumplimiento de los derechos que el Estatuto Administrativo u otros cuerpos normativos confieren a sus asociados, será aplicable a los dirigentes de las asociaciones de funcionarios de los establecimientos del sector salud, el criterio expresado en el Oficio N°1.482, de 2020, sobre la calificación como de origen profesional, de los casos confirmados y de contacto estrecho por COVID 19.
Fecha publicación | Título | Temas | Descriptores | Fuentes |
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23/08/2023 | Dictamen O-02-UGP-01066-2023 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Ley N° 16.744 - 77 bis - Calificación | Ley 16.744;Ley 16.395 |
23/06/2023 | Dictamen O-02-S-00769-2023 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Artículo 77 bis - Ley N° 16.744 | Leyes N°s 16.395 y 16.744 |
16/05/2023 | Dictamen O-02-S-00531-2023 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Ley 16.744 - Artículo 77 bis | Leyes N°s 16.395 y 16.744 |
16/05/2023 | Dictamen O-02-S-00531-2023 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Ley N° 16.744 - Artículo 77 bis | Leyes N°s 16.395 y 16.744. |
23/03/2021 | Dictamen 1017-2021 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Ley N° 16.744 - Enfermedad profesional | Leyes N°s. 16.395 y 16.744; D.S. N°101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
16/03/2021 | Dictamen 29538-2021 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Ley N° 16.744 | Ley 19.880, artículo 59;Ley 19.880, artículo 25;Ley 16.744;Ley 16.395;DFL 44 de 1978 del Ministerio del Trabajo |
11/03/2021 | Dictamen 893-2021 | Seguro laboral (Ley 16.744) | 77 bis - Ley N° 16.744 | Leyes N°s 16.395 y 16.744. |
08/02/2021 | Dictamen 519-2021 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Accidente con ocasión del trabajo - Ley N° 16.744 | Artículo 30 de la Ley 16.395; artículo 5, de la Ley Nº 16.744 |
06/07/2020 | Dictamen 2160-2020 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Ley N° 16.744 - Calificación - Financiamiento cotización adicional diferenciada días perdidos | Leyes N°s 16.395 y 16.744. |
02/06/2020 | Dictamen 1846-2020 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Ley N° 16.744 - Accidentes - Automarginación | Leyes N°s. 16.395 y 16.744. D.S. Nº 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
22/05/2020 | Dictamen 45757-2020 | Ley N° 16.744 - Calificación de enfermedades profesionales | Artículo 30 de la Ley Nº 16.395; Ley Nº 16.744 | |
08/05/2020 | Dictamen 1598-2020 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Ley N° 16.744 - Calificación | Ley Nº 16.395; Ley Nº 16.744 |
27/04/2020 | Dictamen 1482-2020 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Ley N° 16.744 - Calificación enfermedad profesional | Artículo 30 de la Ley 16.395; artículo 7, de la Ley Nª 16.744; Artículo 16 del DS 109 de 1968 Mintrab ; Artículo 72 del D.S. Nº 101 de 1968, del Mintrab |
27/03/2020 | Dictamen 1220-2020 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Ley N° 16.744 | Ley Nº 16.395 y 16.744 |
18/03/2020 | Dictamen 1161-2020 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Ley N° 16.744 | Ley Nº 16.395 y 16.744 |
16/03/2020 | Dictamen 1124-2020 | Calificación de enfermedad | Calificación enfermedad profesional | Leyes N°s 16.395 y 16.744. |
11/03/2020 | Dictamen 1081-2020 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Calificación enfermedad profesional | Leyes N°s 16.395 y 16.744. |
Título | Detalle |
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Ley 19.296 | Ley 19.296 |
Artículo 30 | Ley 16.395, artículo 30 |
Ley 16.744 | Ley 16.744 |