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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 1015-1993

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Fecha: 27 de enero de 1993

Tema: Ley N° 16.744

Destinatario: MUTUAL

Fuentes: Ley Nº 16.744; D.L. Nº 3.500

Concordancia con Circulares: Circular Nº 1273, de 1992, de la Superintendencia de Seguridad Social


Un pensionado se dirigió a esta Superintendencia reclamando en contra de esa Mutual, debido a que le suspendió el pago de la pensión de invalidez de la Ley Nº 16.744, que percibía desde 1984, por haber obtenido una pensión de vejez anticipada en el nuevo sistema de pensiones, conforme al artículo 68 del D.L. Nº 3.500, de 1980.
Al respecto, cabe señalar que por Circular Nº 1273, de 1992, este Organismo, conjuntamente con la Superintendencia de Administradoras de Fondos de Pensiones, impartió instrucciones sobre la materia, resolviendo que en el caso de los afiliados que hubieran obtenido u obtengan una pensión anticipada en conformidad al artículo 68 del D.L. Nº 3.500, el cese de la pensión de invalidez total o parcial de la Ley Nº 16.744 se deberá producir al cumplimiento de los 60 ó 65 años según corresponda, procediendo el pago y percepción simultáneos de ambos tipos de pensiones durante el período anterior al cumplimiento de las referidas edades.
En consecuencia, esa Asociación deberá proceder en la especie, de acuerdo con tales instrucciones, restituyendo al interesado el pago de la pensión de invalidez de la Ley Nº 16.744

Fecha de publicaciónTítuloTemasResumenFuentes
06/11/1992Circular 1273Seguro laboral (Ley 16.744)OPORTUNIDAD EN QUE PROCEDE LA EXTINCIÓN DE LA PENSIÓN DE INVALIDEZ DE LA LEY N° 16.744 PARA LOS AFILIADOS DEL SISTEMA DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE PENSIONES Y DERECHO A PRESTACIONES POR SOBREVIVENCIA.Ley N° 16744; D.L. N° 3500, de 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresFuentes
04/12/2001Dictamen 45514-2001Seguro laboral (Ley 16.744)  
27/02/1997Dictamen 3243-1997Seguro laboral (Ley 16.744) Ley Nº 16.744; D.L. Nº 3.500, de 1980
27/11/1995Dictamen 12533-1995Seguro laboral (Ley 16.744) Ley N° 16.744; D.L. N° 3.500, de 1980
16/09/1993Dictamen 9197-1993Seguro laboral (Ley 16.744) D.L. Nº 3.500, de 1980; Ley Nº 16.744
26/08/1993Dictamen 8363-1993Seguro laboral (Ley 16.744) Ley Nº 16.744; D.L. Nº 3.500, de 1980
13/02/1991Dictamen 1015-1991Seguro laboral (Ley 16.744) Ley Nº16.744; D.S. Nº 110, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. Nº 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
21/03/1980Dictamen 1015-1980Seguro laboral (Ley 16.744)  Ley Nº 16.744
17/04/1979Dictamen 1015-1979Cajas de Compensación D.F.L. Nº 42, de 1978, Previsión; Ley Nº 16.395; D. Nº 91, de 1978, Previsión; D. Nº 94, de 1978, Previsión
TítuloDetalle
Artículo 68DL 3500, artículo 68
Ley 16.744Ley 16.744

Legislación citada

DL 3500, artículo 68Ley 16.744

Circulares citadas

1273

Fiscalizados

Mutuales

Vea además:

MutualesDictámenes SUSESO