¿Qué está obligado a hacer el organismo administrador en caso de enfermedad profesional?
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El organismo administrador (ISL, IST, ACHS, MUSEG) está obligado a otorgar al trabajador/a todas las prestaciones médicas y económicas que correspondan (ej: subsidio por incapacidad laboral, indemnizaciones, pensiones).
Por otra parte, el empleador debe autorizar al trabajador/a para asistir a los controles y en la realización de exámenes, considerándose el tiempo, que en ello utilicen, trabajado para todos los efectos legales.
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