Compendio de Normas que regulan a las Cajas de Compensación de Asignación Familiar
8.1.1 ANTECEDENTES GENERALES
8 LIBRO VIII. SISTEMAS DE INFORMACIÓN, INFORMES Y REPORTES
8.1 TÍTULO I. CENTRAL DE RIESGO FINANCIERO
8.1.1 ANTECEDENTES GENERALES
8.1.1 ANTECEDENTES GENERALES
Con el objeto de contar con información oportuna y válida, esta Superintendencia, implementó el proyecto denominado "Central de Riesgo Financiero de las Cajas de Compensación de Asignación Familiar" (Central de Riesgo Financiero). Dicho Sistema de Información tiene por objeto facilitar el cumplimiento de la normativa vigente relativa a la gestión del riesgo de crédito, por lo que se requiere contar con un sistema que apoye las tareas de supervisión y monitoreo de dicha normativa y entregue información actualizada, tanto a los afiliados como a las Cajas de Compensación de Asignación Familiar, sobre el nivel de endeudamiento de los afiliados en el sistema de C.C.A.F. y otra información de interés general que permita a estas entidades optimizar sus procesos de evaluación, seguimiento y recuperación de los créditos sociales.
Además, el referido Sistema de Información permite incrementar la fiscalización sobre este ámbito que realiza esta Superintendencia, incluidas las labores de supervisión de los beneficios adicionales que entregan las C.C.AF. a sus afiliados y el resguardo del Fondo Social por parte de las Cajas.
Dicho Sistema de información consideró en una primera etapa la creación de una herramienta de reporte a disposición de las Cajas de Compensación, cuyo principal objetivo fue facilitar la entrega de información a esta Superintendencia, sirviendo de fuente centralizada de reporte, con instancias de validación oportunas, procesos de autentificación de usuarios y certificación de los datos enviados.
Como complemento a la recepción de antecedentes, esta Superintendencia ha estimado necesario establecer mediante estas instrucciones, un flujo de información a las C.C.A.F. con el fin de procurar el acceso eficiente y oportuno a información Íntegra y de calidad vinculada al endeudamiento de los sujetos de crédito social de dichas Entidades, que les permita mejorar la valoración del riesgo asociado a dichos créditos, el cumplimiento de las instrucciones de esta Superintendencia, y en última instancia, resguardar los niveles de endeudamiento de sus afiliados deudores asociado al proceso de otorgamiento, cobranza y recuperación de los créditos sociales.