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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Compendio de Normas que regulan a las Cajas de Compensación de Asignación Familiar


2.3.4 BENEFICIOS

2 LIBRO II. AFILIACIÓN Y DESAFILIACIÓN

2.3 TÍTULO III. AFILIACIÓN DE TRABAJADORES INDEPENDIENTES

2.3.4 BENEFICIOS

2.3.4 BENEFICIOS

El trabajador independiente afiliado puede acceder a las prestaciones de los regímenes de prestaciones adicionales, de crédito social y de prestaciones complementarias, sólo si se encuentra al día en el pago de sus aportes mensuales a la respectiva C.C.A.F. y esté cotizando para pensiones y salud.

El trabajador independiente desafiliado de una C.C.A.F. para afiliarse a otra o que se desafilie del Sistema C.C.A.F. estará obligado a continuar pagando, a quien corresponda, lo que adeude por el otorgamiento de prestaciones de los regímenes de prestaciones adicionales, de crédito social y de prestaciones complementarias, hasta su total solución.

En los Reglamentos Particulares de los Regímenes de Prestaciones Adicionales, Crédito Social y Prestaciones Complementarias, cada C.C.A.F. debe fijar los requisitos adicionales y modalidades de otorgamiento de sus prestaciones a los trabajadores independientes.