Compendio de Normas que regulan a las Cajas de Compensación de Asignación Familiar
2.3.4 BENEFICIOS
2 LIBRO II. AFILIACIÓN Y DESAFILIACIÓN
2.3 TÍTULO III. AFILIACIÓN DE TRABAJADORES INDEPENDIENTES
2.3.4 BENEFICIOS
2.3.4 BENEFICIOS
El trabajador independiente afiliado puede acceder a las prestaciones de los regímenes de prestaciones adicionales, de crédito social y de prestaciones complementarias, sólo si se encuentra al día en el pago de sus aportes mensuales a la respectiva C.C.A.F. y esté cotizando para pensiones y salud.
El trabajador independiente desafiliado de una C.C.A.F. para afiliarse a otra o que se desafilie del Sistema C.C.A.F. estará obligado a continuar pagando, a quien corresponda, lo que adeude por el otorgamiento de prestaciones de los regímenes de prestaciones adicionales, de crédito social y de prestaciones complementarias, hasta su total solución.
En los Reglamentos Particulares de los Regímenes de Prestaciones Adicionales, Crédito Social y Prestaciones Complementarias, cada C.C.A.F. debe fijar los requisitos adicionales y modalidades de otorgamiento de sus prestaciones a los trabajadores independientes.