Compendio de Normas que regulan a las Cajas de Compensación de Asignación Familiar
2.2.2 DERECHO A AFILIARSE
2 LIBRO II. AFILIACIÓN Y DESAFILIACIÓN
2.2 TÍTULO II. AFILIACIÓN DE PENSIONADOS
2.2.2 DERECHO A AFILIARSE
2.2.2 DERECHO A AFILIARSE
Tienen derecho a afiliarse a una Caja de Compensación los pensionados de cualquier régimen previsional, incluidos los exonerados políticos de la Ley N°19.234; los de pensión mensual de reparación de la Ley N°19.123; los de pensión anual de reparación de la Ley N°19.992, y los que perciban una pensión de carácter asistencial, para el sólo efecto de lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley N° 19.539.
Referencias legales: Ley 19.123 - Ley 19.234 - Ley 19.539, artículo 16 - Ley 19.992