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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Compendio de Normas que regulan a las Cajas de Compensación de Asignación Familiar


5.6.1.2.4 Informe

5 LIBRO V. ASPECTOS OPERACIONALES Y ADMINISTRATIVOS

5.6 TÍTULO VI: OTRAS INSTRUCCIONES DE CARÁCTER GENERAL

5.6.1 CONTRATACIÓN DE EMPRESAS DE AUDITORES EXTERNOS Y SERVICIOS MÍNIMOS QUE SE DEBEN DESARROLLAR EN LA AUDITORÍA

5.6.1.2 Aspectos a considerar en el desempeño de las auditorías externas y en la emisión del informe de control interno de las C.C.A.F.

5.6.1.2.4 Informe

5.6.1.2.4 Informe

Los auditores externos deben emitir un Informe acerca de la razonabilidad de los estados financieros conforme a lo instruido por esta Superintendencia y a la normativa financiera-contable vigente.

De existir discrepancias entre lo normado por esta Superintendencia y la normativa financiera-contable aplicable en la preparación de los estados financieros, prevalecerán las normas impartidas por este Organismo.

Para efectos del examen por parte de los auditores externos, los Estados Financieros comprenderán: Estado de Situación Financiera, Estado de Resultados, Estados de Resultados Integrales, Estado de Cambios en el Patrimonio, Estado de Flujos de Efectivo y Notas a los Estados Financieros.

Si a la fecha de emisión del Informe se detectaron eventos o circunstancias no incluidas en el Informe de Control Interno, deben ser comunicado a esta Superintendencia según lo señalado en el número 6 del numeral 5.6.1.2.5 de este Título VI del Libro V de este Compendio de la Ley N°18.833.