Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales
6. Compatibilidad de las pensiones de sobrevivencia
LIBRO VI. PRESTACIONES ECONÓMICAS
TÍTULO III. Prestaciones económicas por incapacidad permanente. Indemnizaciones y pensiones
E. Pensiones de sobrevivencia
6. Compatibilidad de las pensiones de sobrevivencia
Compatibilidad de las pensiones de sobrevivencia
Si falleciere un pensionado que hubiere estado percibiendo conjuntamente pensión de invalidez de la Ley Nº16.744 y pensión de vejez anticipada del artículo 68 del D.L. Nº3.500, generará pensiones de sobrevivencia en ambos sistemas, siendo compatible la percepción simultánea para sus beneficiarios, de los dos tipos de pensiones de sobrevivencia.
Referencias legales: DL 3500