Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales
2. Documentación necesaria para el cálculo de las pensiones de sobrevivencia
LIBRO VI. PRESTACIONES ECONÓMICAS
TÍTULO III. Prestaciones económicas por incapacidad permanente. Indemnizaciones y pensiones
E. Pensiones de sobrevivencia
2. Documentación necesaria para el cálculo de las pensiones de sobrevivencia
Documentación necesaria para el cálculo de las pensiones de sobrevivencia
Para efectos de recabar los antecedentes señalados en el Anexo N°12: "Documentación necesaria para el otorgamiento y cálculo de las pensiones de sobrevivencia de los artículos 44 y 45 de la Ley N°16.744"; en el Anexo N°13: "Documentación necesaria para el otorgamiento y cálculo de las pensiones de Madre de hijos del causante" y en el Anexo N°14: "Documentación necesaria para el otorgamiento y cálculo de las pensiones de orfandad", los organismos administradores deberán previamente revisar el Sistema de Administración de Datos, señalado en la Letra C. del Título I. "Obligaciones generales para los organismos administradores", y solo requerir a la entidad empleadora o a los beneficiarios, según corresponda, la documentación faltante que sea necesaria para realizar el cálculo de la pensión de sobrevivencia.
Los antecedentes entregados por la entidad empleadora o por la persona trabajadora, según corresponda, deberán ser respaldados electrónicamente.