Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales
1. Mecanismo de reporte
LIBRO VII. ASPECTOS OPERACIONALES Y ADMINISTRATIVOS
TÍTULO V. Gestión de la Seguridad de la Información
D. Ciberseguridad
CAPÍTULO II. Reporte de ciberincidentes
1. Mecanismo de reporte
Mecanismo de reporte
Los organismos administradores deberán reportar a la Superintendencia de Seguridad Social todos los ciberincidentes que detecten en sus redes, equipos y sistemas y que alcancen los niveles de peligrosidad e impacto establecidos en las tablas indicadas en el número 2. Niveles de peligrosidad y número 3. Niveles de impacto del presente Capítulo II. En caso que un suceso pueda asociarse con dos o más tipos de incidentes con niveles de peligrosidad o impacto distintos, se le asignará el nivel más alto.
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Esta(e) Número fue incorporado(a) por la Circular 3579 del 10 de febrero de 2021.1. Mecanismo de reporteNota personalizada - Actualización 64, Circular 3579 - Libro VII, Título V, Letra D, Capítulo II, número 1; 10-02-2021Modificación vigente a partir del 1° de enero de 2022