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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales


CAPÍTULO VI. Respaldo y restauración de los sistemas

LIBRO VII. ASPECTOS OPERACIONALES Y ADMINISTRATIVOS

TÍTULO V. Gestión de la Seguridad de la Información

C. Elementos de la gestión del sistema de seguridad de la información

CAPÍTULO VI. Respaldo y restauración de los sistemas

Respaldo y restauración de los sistemas

Se recomienda que los organismos administradores implementen medidas de respaldo de la información, restauración de los sistemas, plan de continuidad operacional, además de considerar otras acciones destinadas a mantener el funcionamiento óptimo de los sistemas, y el adecuado otorgamiento de las prestaciones del Seguro de la Ley N°16.744.

En relación con lo anterior, los organismos administradores debiesen considerar al menos los siguientes documentos:

  1. Procedimiento de respaldo y restauración de los sistemas críticos para las prestaciones del Seguro de la Ley N°16.744. En este documento se deberá contemplar al menos, la definición del medio de respaldo, la frecuencia en que éstos se llevarán a cabo según el sistema asociado, el lugar de resguardo de dicha información y el responsable de ejecutar el respaldo. Asimismo, se deberá incluir la definición del responsable y la frecuencia de las pruebas de restauración de la información para los sistemas críticos de dicho seguro.
  2. Plan de continuidad operacional, considerando lo instruido en el número 4, Capítulo V, Letra B, Título IV, del presente Libro VII.
  3. Plan de administración de incidentes, en el que se detalle paso a paso cómo se debe proceder frente a una contingencia o desastre asociado a los servidores o sistemas. Éste debe contener los responsables de iniciar el plan de acción, cargo y datos de contacto, y el procedimiento para documentar y respaldar el evento, así como las condiciones que darán conformidad para finalizar el plan.