Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales
3. Consideraciones respecto del documento electrónico RETA
LIBRO IX. SISTEMAS DE INFORMACIÓN. INFORMES Y REPORTES
TÍTULO I. Sistema Nacional de Información de Seguridad y Salud en el Trabajo (SISESAT)
B. Módulo de accidentes y enfermedades profesionales
CAPÍTULO XI. Recargo de la tasa de cotización adicional (RETA)
3. Consideraciones respecto del documento electrónico RETA
Consideraciones respecto del documento electrónico RETA
- El organismo administrador debe enviar al SISESAT, tantos documentos electrónicos RETA como recargos se hayan aplicado, modificado o dejado sin efecto en una entidad empleadora adherente o afiliada.
- Para que el documento electrónico RETA sea recepcionado en el SISESAT, el organismo administrador debe considerar las siguientes instrucciones:
- El documento RETA debe estar vinculado a un CUV de la entidad empleadora.
- La entidad empleadora a la que se le aplique un recargo y sea informado a través del SISESAT, debe tener creado al menos un CUV para el envío del documento electrónico RETA. En caso de que una entidad empleadora no cuente con un CUV, el organismo administrador debe crearlo.
- El documento RETA debe identificar el o los CUV que se vean afectados por el incumplimiento.
1 notas
Esta(e) Número fue incorporado(a) por la Circular 3543 del 27 de octubre de 2020.3. Consideraciones respecto del documento electrónico RETANota personalizada, Actualización 51 - Circular 3547 - Libro IX, Título I, Letra B, Capítulo XI, número 3. Consideraciones respecto del documento electrónico RETAModificación vigente a partir del 1º de abril de 2021.