Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales
5. Tabla de Capitales Representativos B-M-2014 (por orfandad mujeres)
LIBRO VIII. ASPECTOS FINANCIERO CONTABLES
TÍTULO I. Reservas Técnicas
A. Reserva de Pensiones
CAPÍTULO II. Uso de las Tablas de Capitales Representativos de Pensiones
5. Tabla de Capitales Representativos B-M-2014 (por orfandad mujeres)
Tabla de capitales representativos B-M-2014 (por orfandad mujeres)
Los factores de capitales representativos definidos en la tabla contenida en el número 5 del artículo 1° del citado D.S. N°25, se aplicarán en el cálculo de capitales representativos de las pensiones de orfandad señaladas en el artículo 47 de la Ley N°16.744, que benefician a las hijas del causante hasta el último día del año en que cumplieran 18 años de edad o mayores de esa edad, hasta el último día del año en que cumplieran 24 años de edad, que sigan estudios regulares secundarios, técnicos o superiores, siempre que se trate de personas no inválidas de sexo femenino.
Referencias legales: Ley 16.744, artículo 47
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Esta(e) Número fue modificado(a) por la circular 3541 del 01 de julio de 2021.5. Tabla de Capitales Representativos B-M-2014 (por orfandad mujeres)Nota personalizada, Actualización 54 - Circular 3541- Libro VIII, Título I, Letra A, Capítulo II, número 5; 01-07-2021Modificación vigente a partir del 1° de julio de 2021.