Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales
3. Plazo para el envío de la información
LIBRO VIII. ASPECTOS FINANCIERO CONTABLES
TÍTULO IV. Información Financiera
D. Información financiera del Ministerio de Salud y los Servicios de Salud
CAPÍTULO II. Información financiera de los Servicios de Salud relativa al Seguro Escolar
3. Plazo para el envío de la información
Plazo para el envío de la información
Los Servicios de Salud y los establecimientos de salud de carácter experimental deberán remitir a la Superintendencia de Seguridad Social la información financiera del Seguro Escolar, a más tardar el día 15 del mes subsiguiente al cual corresponde la información, o el día hábil siguiente si el día 15 corresponde a un día sábado domingo o festivo.
La Superintendencia de Seguridad Social se reserva el derecho de aplicar los artículos 48 y siguientes de su Ley Orgánica N°16.395, a los servicios de salud que no den cumplimiento con el envío de la información requerida. Todo ello, sin perjuicio de las atribuciones de la Contraloría General de la República, en materia de rendición de cuentas.
Referencias legales: Ley 16.395