Contenido principal
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales


3. Documentos y procesos operativos que conforman el modelo operativo general

LIBRO IX. SISTEMAS DE INFORMACIÓN. INFORMES Y REPORTES

TÍTULO I. Sistema Nacional de Información de Seguridad y Salud en el Trabajo (SISESAT)

D. Evaluación y vigilancia ambiental y de la salud de los trabajadores (EVAST – SISESAT)

3. Documentos y procesos operativos que conforman el modelo operativo general

Documentos y procesos operativos que conforman el modelo operativo general

El modelo EVAST abre registro de cada centro de trabajo en plataforma EVAST/SISESAT, a través del Código Único de Vigilancia (CUV), el cual está conformado por Rut de la empresa evaluada, el Rut del empleador principal donde se encuentra el centro de trabajo y coordenadas geo referenciales más número correlativo CUV-CT.

Para abrir un CUV, este siempre se aperturará solo con el primer documento electrónico del flujo del modelo general, es decir, el e-doc 51. El cual a su vez es, no solo registra la identificación del centro de trabajo a nivel de riesgos y/o factores sino también a nivel de trabajador que ha sufrido un accidente, enfermedad y muerte en dicho centro de trabajo.

El modelo general de EVAST incluye:

  • El ingreso y egreso de un centro de trabajo desde un organismo administrador a otro. El proceso tecnológico se desarrollará durante 2018.
  • El proceso de apertura y de cierre de un centro de trabajo.
  • El proceso de eliminación de un peligro/riesgo/factor de riesgo

Los documentos que conforman el modelo operativo general corresponden a:

  1. Egreso de organismo administrador (OA)

    Corresponde al documento que consigna la desafiliación de un centro de trabajo de una empresa que cambia de organismo administrador.

  2. Ingreso a organismo administrador (OA)

    Corresponde al ingreso de un centro de trabajo a otro organismo administrador siempre y cuando hubiere presentado un documento de "Egreso de organismo administrador" que le preceda y este asociado.

  3. Cierre de centro de trabajo

    Corresponde al documento que registra la acción de cierre de un centro de trabajo de una empresa. Esta acción no cierra el centro de trabajo de manera definitiva, existe la forma de volver abrir, según corresponda. Para mayor detalle revisar Anexo N°23 "Interacción de documentos electrónicos EVAST".

  4. Eliminación de peligro

    Corresponde al documento que registra la acción de notificación desde el organismo administrador o empresas con administración delegada, de eliminación del peligro, ya sea por mitigación del riesgo, por sustitución de materia prima, entre otras.

  5. Eliminación de GES

    Corresponde al documento que notifica la eliminación del grupo de exposición similar (GES) ya sea por razones de eliminación del riesgo o porque ya no existen trabajadores en el proceso donde está el agente de riesgo.

  6. Listado trabajadores GES Activo

    Corresponde al documento que registra la información de los trabajadores pertenecientes a un GES, que presentan exposición a un riesgo/factor de riesgo, que requiere ingreso a vigilancia de salud.

  7. Identificación preliminar de riesgos

    Corresponde a los instrumentos que individualizan al centro de trabajo y dan un primer acercamiento a los peligros, agentes de riesgos y factores de riesgos presentes en dicho lugar.

    1. Diagnóstico: Herramienta que permite la detección de peligros/agentes y evaluación preliminar de los riesgos en los centros de trabajo. En su versión actual establece exclusivamente la presencia/ausencia de peligros/agentes.

    2. Encuesta Agente: Corresponde a encuestas que permiten la recopilación inicial de información de un centro de trabajo.

  8. Evaluación Ambiental

    Corresponde a la realización de evaluaciones, cualitativas o cuantitativas, de la presencia de agentes de riesgo físico, químico, biológico, condiciones ergonómicas o psicosociales existentes en el ambiente de trabajo.

    1. Evaluación Cualitativa: Herramienta de evaluación de riesgos basada en la caracterización del ambiente de trabajo y en el tiempo de exposición de los trabajadores, mediante una pauta estandarizada de observación, aplicada por personal adecuadamente calificado. El objetivo de este tipo de evaluación es realizar un tamizaje previo a una evaluación cuantitativa o evaluar dicho riesgo en ausencia de metodología cuantitativa específica.

    2. Evaluación Cuantitativa: Metodología de evaluación de riesgos basado en la caracterización mediante el uso de instrumentos de muestreo personal o ambiental para estimar la magnitud del riesgo. En caso que dicha metodología se encuentre normada por el Instituto de Salud Pública (ISP), la evaluación debe ceñirse a ella. Los resultados de dichas evaluaciones deben ser comparados respecto de los estándares legales en relación a las concentraciones de agentes químicos, presencia de agentes biológicos, magnitud de parámetros físicos y condiciones ergonómicas o psicosociales.

  9. Prescripción de Medidas

    Es el conjunto de prescripciones efectuadas a las entidades empleadores por los organismos administradores y las empresas con administración delegada, una vez realizadas las evaluaciones ambientales, con el objetivo de controlar los riesgos en el ambiente de trabajo. Las medidas de control pueden clasificarse en tres grandes grupos: control ingenieril, administrativos y medidas de protección personal.

  10. Verificación de Medidas Prescritas

    Se refiere a la acción, por parte del organismo administrador, de verificar el cumplimiento de las medidas prescritas una vez vencido su plazo de implementación. En relación a los plazos de cumplimiento, se debe considerar lo instruido en la normativa vigente.

  11. Evaluación de Salud

    Se refiere a las evaluaciones y exámenes preventivos realizados a los trabajadores en el contexto del Seguro de la Ley N°16.744.

    1. Ocupacional: Evaluación de salud realizada a trabajadores contratados que se desempeñan en tareas que presentan un riesgo inherente para su salud y/o seguridad, conforme a la evaluación de riesgos. Debe ser realizada siempre previa a una reasignación a un nuevo cargo/tarea o periódicamente durante el desempeño del mismo. El objetivo es determinar, inicial y periódicamente, la presencia de patologías que pudieran eventualmente complicarse con la exposición a agentes o condiciones presentes en el lugar de trabajo o por la ejecución de tareas/funciones específicas del cargo y que puedan contraindicar su desempeño. Asimismo, permiten detectar condiciones médicas o factores de riesgos personales que hagan al trabajador más vulnerable a accidentarse o enfermarse, contraindicando también su desempeño. Ejemplos de estos son: evaluación para altura física, espacios confinados, altura geográfica, usuario de respirador, operador de equipo móvil, brigadas de emergencia, buzo y vigilante, entre otros.

    2. Las evaluaciones de salud previas al inicio de la relación laboral (exámenes pre-ocupacionales) no son prestaciones cubiertas por el Seguro de la Ley Nº16.744. Sin perjuicio de lo anterior, una vez iniciada la relación laboral, la información sobre la condición de salud y/o los resultados de los exámenes realizados por el organismo administrador respectivo en el contexto de dicha evaluación pre ocupacional, serán consideradas como una evaluación ocupacional, a fin de establecer la periodicidad de su reevaluación u otras acciones.

    3. Vigilancia de exposición: exploración médico-fisiológica periódica de los trabajadores en la cual se realiza una valoración biológica de exposición interna o control biológico, que documenta la absorción de contaminantes por el organismo, a fin de comparar la exposición y el riesgo a la salud respecto del valor de referencia, establecido en D.S.N°594, de 1999, del Ministerio de Salud (Limite de Tolerancia Biológica), midiendo la concentración de sustancias peligrosas o sus metabolitos en la sangre o en la orina de los trabajadores entre otros.

    4. Vigilancia de efecto: Son evaluaciones y exámenes médicos periódicos, orientados a la detección precoz de efectos o daño en la salud, por exposición a factores de riesgo de enfermedad profesional en los trabajadores que se encuentran expuestos o que estuvieron expuestos a un agente, con el objetivo de tomar las medidas correctivas y/o preventivas que eviten su progresión. Incluye en su definición a las evaluaciones realizadas durante la exposición, inmediata al término de exposición y/o posterior al fin de la exposición.

    5. Egreso programa de vigilancia: Corresponde al documento que establece las causas que determinan el fin del programa de evaluaciones a las cuales es sometido un trabajador sea esta de vigilancia de exposición o vigilancia de efecto.

  12. Notificación a la Autoridad

    Corresponde la notificación a la Autoridad Sanitaria y/o Dirección del Trabajo, según corresponda, frente a la presencia de algunos agentes específicos en que la normativa así lo instruya. A modo de ejemplo, el "Protocolo de vigilancia del ambiente de trabajo y de la salud de los trabajadores con exposición a Sílice" (Ministerio de Salud, 2015), instruye a los organismos administradores, el envío de información de las empresas con nivel de riesgo IV mediante el Formulario único de Notificación, a la Autoridad Sanitaria (FUN).

    Del mismo modo, deben notificarse a la autoridad los casos de incumplimiento de medidas prescritas por el organismo administrador para el control de un riesgo por parte de una empresa o institución, así como también cuando se pesquise a uno o más trabajadores con niveles biológicos de exposición que sobrepasen los límites de tolerancia biológica indicados en el D.S. Nº 594, de 1999, del Ministerio de Salud, para sustancias o agentes que están prohibidos de ser usados en los lugares de trabajo.

Referencias legales: ds 594 1999 minsal