Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales
2. Funciones del ISL respecto de los administradores delegados
LIBRO I. DESCRIPCIÓN GENERAL DEL SEGURO
TÍTULO IV. Organismos administradores y administradores delegados
A. Instituto de Seguridad Laboral
2. Funciones del ISL respecto de los administradores delegados
Funciones del ISL respecto de los administradores delegados
- Otorgar y pagar las pensiones a los trabajadores de las empresas con administración delegada;
- Recibir las solicitudes de entidades empleadoras que quieran actuar como administradores delegados y elevar los antecedentes a la Superintendencia de Seguridad Social, la que resolverá con el informe de la SEREMI que corresponda;
- Recibir e invertir la garantía que deben constituir los administradores delegados;
- Asumir respecto de los trabajadores afiliados, todas las obligaciones que les impone la ley, cuando la Superintendencia de Seguridad Social revocare la delegación a alguna empresa por faltar alguna de las condiciones que se exigen para actuar en calidad de administrador delegado, y
- Emitir el informe técnico a las secretarías regionales ministeriales de salud (SEREMI) con la propuesta de la tasa de cotización a aplicar y los antecedentes que la fundan de las entidades afiliadas a ese Instituto y de los administradores delegados, en el marco del Proceso de Evaluación de la siniestralidad efectiva, de acuerdo a lo establecido en el artículo 6° del D.S. N°67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
2 notas
Esta(e) Número fue modificado(a) por la Circular 3720 del 27 de diciembre de 2022.2. Funciones del ISL respecto de los administradores delegadosNota personalizada, Actualización 76, Circular 3720, Libro I, Titulo IV, Letra A, número 2; 27-12-2022Modificación vigente a partir del 1° de marzo de 2023.
Esta(e) Número fue modificado(a) por la Circular 3400 del 28 de diciembre de 2018.2. Funciones del ISL respecto de los administradores delegadosNota personalizada - Actualización 14, Circular 3400 Libro I, IV,A,1 - 28.12.2018Modificación vigente a partir del 1° de enero de 2019.