ley 20.971, artículo 44
Texto
Artículo 44.- Introdúcense, a contar del 1 de enero de 2017, las siguientes modificaciones al artículo 59 de la ley N° 20.883: 1. Reemplázase en su inciso primero la cantidad "$337.900" por la siguiente: "$358.174". 2. Reemplázase en su inciso segundo la cantidad "$24.500" por la siguiente: "$25.284".