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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 2541-2022

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Fecha: 24 de junio de 2022

Destinatario: CCAF

Observación: Subsidio por incapacidad laboral. no aplicación de período de carencia a las licencias médicas emitidas por COVID-19 de cualquier naturaleza.

Descriptores: Subsidio por incapacidad laboral; Período de carencia

Fuentes: Ley N° 21.342

Concordancia con Oficios: 2162-2021; 4742-2021

1.- Mediante presentación de antecedentes, la Caja de Compensación de Asignación Familiar ha solicitado a esta Superintendencia confirmar una interpretación respecto de los oficios Oficios N°s 2162, de 3 de junio de 2021 y 4742, de 21 de diciembre de 2021, ambos de esta Superintendencia.

Al efecto, la recurrente señala que en el primero de dichos oficios, el N°2162, esta Superintendencia instruyó sobre la aplicación de lo dispuesto en el artículo 9° de la Ley 21.342, respecto de la no aplicación de período de carencia a las licencias médicas emitidas por COVID-19 de cualquier naturaleza.

Indica que en la letra a) del número 4.- del mencionado oficio, se detallan los siguientes diagnósticos y respectivos códigos CIE 10 para esas licencias sin días de carencia:

DIAGNÓSTICO CÓDIGO CIE 10
Caso Confirmado UO 7.1
Contacto Estrecho Z 29.0 y Z 20.8
Caso probable UO 7.1
Caso sospechoso UO 7.2.

Señala que esta enumeración, incluye a los demás diagnósticos asociados a esta patología que determine la autoridad sanitaria.

Por su parte, indica que en la letra e) del número 4.- del mismo oficio, para los efectos de considerar los diagnósticos de las licencias médicas por COVID-19, incluyendo aquellas de carácter preventiva, se debe tener presente que deberá entenderse como un mismo diagnóstico, todos los relacionados con esta enfermedad indicados en la letra a).

Señala además, que posteriormente en el Oficio N°4742, se extiende la exención del periodo de carencia a los siguientes diagnósticos y respectivos códigos CIE 10:

DIAGNÓSTICO CÓDIGO CIE 10
Historia personal de COVID-19, no especificada U08.9
Condición de salud posterior a COVID- 19, no especificada U09.9
Síndrome inflamatorio multisistémico asociado con COVID-19, no especificado U010.9
Vacunas COVID-19 que causan efectos adversos en uso terapéutico, no especificado U012.9

En virtud de lo expuesto, la C.C.A.F. solicita una confirmación, respecto de si adicionalmente a los anteriores diagnósticos, los siguientes y sus respectivos códigos CIE 10, también deben ser incluidos en la no aplicación de días de carencia:

DIAGNÓSTICO CÓDIGO CIE 10
Infección debida a Coronavirus, de sitio no especificado B34.2

Coronavirus asociados al SARS como causa de enfermedades clasificadas bajo otro concepto

B97.2
Neumonía por Coronavirus asociado al SARS J12.81
Neumonía viral, no clasificada en otra parte J12.82

2.- Sobre el particular, esta Superintendencia puede informar que los diagnósticos y códigos CIE 10 que se informan en los oficios Oficios N°s 2162, de 3 de junio de 2021 y 4742, de 21 de diciembre de 2021, de esta Superintendencia y que se encuentran exentos de la aplicación de la carencia, han sido los informados en su oportunidad por la Subsecretaría de Salud Pública.

3.- En consecuencia y al no haberse informado por la ya señalada Subsecretaría otros diagnósticos y códigos CIE 10 respecto de los cuales regiría la exención de la carencia, sólo deben considerarse para estos efectos, aquellos mencionados en los oficios N°s 2162 y 4742, de esta Superintendencia.

Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresFuentes
30/09/2022Dictamen 3960-2022Licencias médicasSubsidio por incapacidad laboral - Período de carenciaLey 16.395, artículo 2; DFL 44 de 1978 Mintrab; DS 4 de 2020 Minsal
29/06/2022Dictamen 2583-2022Licencias médicas - Subsidio Incapacidad Laboral (SIL)Subsidio por incapacidad laboral - Enfermedad grave del niño menor de un año - Período de carenciaCódigo del Trabajo; Ley N° 21.342
22/12/2021Dictamen 4742-2021Subsidio Incapacidad Laboral (SIL)Subsidio por incapacidad laboral - Período de carenciaey Nº 16.395; Ley Nº 21.342; D.F.L. Nº 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; DF.L. Nº 1, de 2005, del Ministerio de Salud
03/06/2021Dictamen 2162-2021 Subsidio Incapacidad Laboral (SIL)Subsidio por incapacidad laboral - Período de carenciaLey Nº 16.395; Ley Nº 21.342; D.F.L. Nº 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; DF.L. Nº 1, de 2005, del Ministerio de Salud
TítuloDetalle
DFL 44 de 1978 del Ministerio del TrabajoDFL 44 de 1978 Mintrab
Artículo 2Ley 16.395, artículo 2
Artículo 14DFL 44 de 1978 Mintrab, artículo 14
Artículo 27Ley 16.395, artículo 27