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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 57783-2016

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Fecha: 14 de octubre de 2016

Materia: Ley Nº 16.744

Tema: LEY N°16.744

Destinatario: DIRECTORA REGIONAL JUNJI REGIÓN DE TARAPACÁ

Acción: Instruye

Vigencia: No Alterado

Descriptores: Riesgos Psicosociales en el Trabajo; SUSESO/ISTAS21

Fuentes: Ley N° 16.744.

Concordancia con Circulares: Circulares N° 3241 y N° 3243 de esta Superintendencia

Acerca de la solicitud por usted realizada respecto de reconsiderar el ingreso al programa de vigilancia de riesgos psicosociales de su Organismo Administrador le informamos que:

De acuerdo a Circular N° 3241 de esta Superintendencia "Todo trabajador diagnosticado con una enfermedad profesional por patología de salud mental de origen laboral, será considerado un "caso centinela". En estos casos, el Organismo Administrador deberá ingresar a su programa de vigilancia a la entidad empleadora, y aplicar la versión completa del cuestionario SUSESO/ISTAS21.

En lugares de trabajo con 100 o menos trabajadores, la aplicación se realizará a la totalidad de éstos.

En lugares de trabajo con más de 100 trabajadores, se deberá aplicar el cuestionario en aquella unidad donde el trabajador enfermo estuvo expuesto al riesgo (grupo de exposición similar).

El organismo administrador deberá también orientar el diseño de las intervenciones y, a partir de los resultados de los análisis grupales y de lo acordado por el comité de aplicación, prescribir las medidas correctivas de acuerdo a lo indicado en el artículo 68 de la Ley 16.744 y verificar el cumplimiento".

Asimismo y como lo indica la Circular N°3243 de esta Superintendencia, cuando una empresa u organización entra en el programa de vigilancia de riesgos psicosocial, su Organismo Administrador debe :
Guiar el proceso de aplicación del Cuestionario SUSESO/ISTAS21 en su versión completa cumpliendo con la Metodología SUSESO/ISTAS21 descrita en el Manual de uso año 2016.

Utilizar la plataforma electrónica de la versión completa del Cuestionario de esta Superintendencia a través de documento electrónico.

Prescribir medidas correctivas a partir de resultados obtenidos y verificar su cumplimiento. En caso negativo el OA debe informar a la Inspección del Trabajo y a la autoridad sanitaria competente, además de proceder de acuerdo a lo descrito en el artículo 68 de la Ley 16.744.

Finalmente, el Cuestionario SUSESO/ISTAS21 es un instrumento de prevención y en los casos como el que usted describe, el objetivo de aplicar la versión completa es identificar aquellos factores de riesgos psicosocial presentes en el lugar del trabajo de manera más precisa y detallada, lo que permite diseñar medidas de intervención focalizadas para así evitar que dichos factores pudieran afectar a otros trabajadores.

Fecha de publicaciónTítuloTemasResumenFuentes
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31/08/2017Circular 3313Seguro laboral (Ley 16.744)PROTOCOLO DE NORMAS MÍNIMAS DE EVALUACIÓN QUE DEBEN CUMPLIR EN EL PROCESO DE CALIFICACIÓN DEL ORIGEN DE LAS ENFERMEDADES DENUNCIADAS COMO PROFESIONALES IMPARTE INSTRUCCIONES A LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES DEL SEGURO DE LA LEY N° 16.744. MODIFICA LA CIRCULAR N° 3241, DE 2016, DE ESTA SUPERINTENDENCIALey N° 16395; Artículo 72, D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Artículo 16, D.S. N° 109, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social;
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30/12/2016Circular 3271Seguro laboral (Ley 16.744)PLAN ANUAL DE PREVENCIÓN DE RIESGOS AÑOS 2016 Y 2017. DEROGA Y REEMPLAZA TÍTULO III DE CIRCULAR N° 3.193, DE 2015Ley N° 16744; Ley N° 19628; Ley N° 20422; Ley N° 20584; D.S: N° 40, de 1969, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S.N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N°110, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 285, de 1968,  del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
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27/07/2016Circular 3241Seguro laboral (Ley 16.744)INSTRUYE A LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES DEL SEGURO DE LA LEY N° 16.744, SOBRE EL PROTOCOLO DE NORMAS DE CALIFICACIÓN DEL ORIGEN DE LAS ENFERMEDADES DENUNCIADAS COMO PROFESIONALES. REEMPLAZA Y DEROGA CIRCULAR N° 3167, DE 2015.Ley N° 16744; Ley N° 16395; D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 109, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 369, de 1985, del Ministerio de Salud; Resolución Exenta N° 268, del Ministerio de Salud.
30/12/2015Circular 3193Seguro laboral (Ley 16.744)CRITERIOS PERMANENTES EN PREVENCIÓN DE ACCIDENTES Y ENFERMEDADES PROFESIONALES Y PLAN ANUAL DE PREVENCIÓN DE RIESGOS PARA EL AÑO 2016. IMPARTE INSTRUCCIONES A LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES DE LA LEY N° 16.744Ley N° 16744; Ley N° 16395; Ley N° 19628; Ley N° 20422; Ley N° 20584; D.S. N° 40, de 1969, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S.N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S.N° 110, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 285, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
30/12/2014Circular 3064Seguro laboral (Ley 16.744)PLAN DE PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES AÑO 2015. IMPARTE INSTRUCCIONES A LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES DE LA LEY N° 16.744.Ley N° 16744; Ley N° 16395; D.S. N° 1, de 1972, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 21, de 2013, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
30/12/2013Circular 2971Seguro laboral (Ley 16.744)PLAN DE PREVENCION DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES AÑO 2014. IMPARTE INSTRUCCIONES A LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES DE LA LEY N°16.744.Ley N° 16744; Ley N° 16395; D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 1, de 1972, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 29, de 2012, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
04/07/2013Circular 2939Seguro laboral (Ley 16.744)SISTEMA NACIONAL DE INFORMACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SISESAT). IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE REMISIÓN DE INFORMACIÓN ASOCIADA A LOS ACCIDENTES LABORALES FATALES Y GRAVES.Ley N° 16744; Ley N° 16395; D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
18/12/2012Circular 2893Seguro laboral (Ley 16.744)PLAN DE PREVENCION DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES AÑO 2013. IMPARTE INSTRUCCIONES A LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES DE LA LEY N° 16.744Ley N° 16744; Ley N° 16395; D.S. N° 1, de 1972, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 20123
29/06/2012Circular 2838Seguro laboral (Ley 16.744)SEGURO SOCIAL CONTRA RIESGOS DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES, INSTRUYE A LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES DE LA LEY N° 16744 ACERCA DE LOS ELEMENTOS MINIMOS A CONSIDERAR EN LA ELABORACIÓN DE ESTUDIOS DE PUESTOS DE TRABAJO PARA LA CALIFICACION DE ENFERMEDADES MENTALESLey N° 16395, Ley N° 16744, D.S. N° 109, de 1968.del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
28/02/2011Circular 2717Seguro laboral (Ley 16.744)SISTEMA NACIONAL DE INFORMACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SISESAT). COMPLEMENTA CIRCULAR N° 2582, DE 18 DE NOVIEMBRE DE 2009 E IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE REMISIÓN DE INFORMACIÓN ASOCIADA A LA RESOLUCIÓN DE CALIFICACIÓN DEL ORIGEN DE LOS ACCIDENTES Y ENFERMEDADES (RECA).Ley N° 16744; Ley N° 16395; Ley N° 19628; D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
18/11/2009Circular 2582Seguro laboral (Ley 16.744)SISTEMA DE INFORMACIÓN DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA LEY N° 16.744.( SIATEP) Y NUEVOS FORMULARIOS DE DENUNCIA INDIVIDUAL DE ACCIDENTE DEL TRABAJO (DIAT) Y DENUNCIA INDIVIDUAL DE ENFERMEDAD PROFESIONAL (DIEP). IMPARTE INSTRUCCIONES.Ley N° 16744; Ley N° 16395; Ley N° 19628; D.S. N° 73, de 2005, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 81, de 2004, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 2763, de 1979; del Ministerio de Salud Pública; D.F.L. N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud.
10/03/2006Circular 2283Seguro laboral (Ley 16.744)D.S. N° 101 Y D.S. N° 109, AMBOS DE 1968, DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL. MODIFICACIONES INTRODUCIDAS POR EL D.S. N° 73, DE 2005, DEL MISMO MINISTERIO. IMPARTE INSTRUCCIONES PARA LA APLICACIÓN DE DICHAS NORMAS.Ley N° 16744; Ley N° 19578 ;Ley N° 19937; Ley N° 19969; D.S. N° 67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 73, de 2005, del Ministerio de Trabajo y Previsión Social; D.S.N° 101, de 1968, del Ministerio de Trabajo y Previsión Social; D.S.N° 109, de 1968, del Ministerio de Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 2763, de 1979, del Ministerio de Salud Pública;D.L. N° 3500, de 1980, del Ministerio de Trabajo y Previsión Social.
Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresFuentes
11/09/2017Dictamen 42920-2017Calificación de enfermedad Ley N° 16.744; D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
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26/08/2016Dictamen 49943-2016Seguro laboral (Ley 16.744)Evaluación de puestos de trabajoLey N° 16.744,