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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 54074-2006

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Fecha: 20 de octubre de 2006

Tema: ASIGNACIÓN FAMILIAR

Destinatario: CAJAS DE COMPENSACIÓN

Fuentes: D.F.L. N° 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N°19.728

Concordancia con Circulares: Circular N° 2204, de 2005; 2213, de 2005; 2298, de 2006, todas de la Superintendencia de Seguridad Social; Circular N° 75, de 2005, de la Superintendencia de Administradoras de Fondos de Pensiones


Mediante la Circular Conjunta N° 2204 y 75, de 3 de mayo de 2005, esta Superintendencia y la Superintendencia de Administradoras de Fondos de Pensiones establecieron un procedimiento para el pago de las asignaciones familiares de los beneficiarios del Fondo de Cesantía Solidario del Seguro de Cesantía.

En virtud de dicho procedimiento las Cajas de Compensación de Asignación Familiar deben remitir al Instituto de Normalización Previsional una serie de informaciones respecto de los beneficiarios del fondo de cesantía solidario que al quedar cesantes tenían reconocidas cargas familiares pagadas conforme a los tramos a) y b). Dentro de dicha información se encuentra el valor unitario de la asignación familiar a pagar.

Por otra parte, ésta Superintendencia, mediante las Circulares N°s. 2213, de 13 de junio de 2005 y 2298, de 16 de mayo de 2006, instruyó respecto de la procedencia de actualizar el valor de las asignaciones familiares de los tramos a) y b).

En efecto, en la Circular correspondiente a este año, se instruyó en su Numerando 8, lo siguiente:

"Los trabajadores que se encuentran haciendo uso de las prestaciones del Fondo de Cesantía Solidario establecido en la Ley N°19.728 y que conforme al artículo 20 de dicha Ley tienen derecho a percibir asignación familiar, tendrán derecho a recibir a contar del 1° de julio de 2006 y mientras perciban los giros mensuales conforme a la citada Ley, los nuevos valores de la asignación familiar indicados en las letras a) y b) del punto 1.- de la presente Circular, que les corresponda según la asignación que estaban percibiendo, sin necesidad de nuevas declaraciones de ingreso."

Conforme a ello, los giros que correspondan desde el mes de julio de 2006, deben ajustarse a los nuevos valores de la asignación familiar, que son de $4.126 en el caso del tramo a) y de $4.014 en el caso del tramo b).

Cabe señalar que de acuerdo a lo informado por el Instituto de Normalización Previsional y lo verificado por esta Superintendencia, solamente una Caja de Compensación ha informado el valor unitario de las asignaciones familiares de los tramos a) y b) actualizadas, a contar de julio de 2006.

En consecuencia, esta Superintendencia viene en representar dicho incumplimiento, ordenando a todas las Cajas de Compensación que den aplicación estricta a las instrucciones impartidas por esta Superintendencia mediante la Circular N° 2298, de 16 de mayo de 2006.

Fecha de publicaciónTítuloTemasResumenFuentes
04/04/2011Circular 2728Asignación familiarASIGNACIÓN FAMILIAR DE LOS BENEFICIARIOS DEL FONDO DE CESANTÍA SOLIDARIO DE LA LEY N° 19.728. DEJA SIN EFECTO LAS INSTRUCCIONES IMPARTIDAS MEDIANTE LA CIRCULAR CONJUNTA N° 2204, DE LA SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL Y N° 75, DE LA EX-SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES, HOY SUPERINTENDENCIA DE PENSIONES, AMBAS DE 03 DE MAYO DE 2005. CONJUNTA CON CIRCULAR N° 1761 DE LA SUPERINTENDENCIA DE PENSIONESD.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 54, de 2009, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 73, de 2010, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 19728
27/03/2011Circular 2724Asignación familiarASIGNACIÓN FAMILIAR. IMPARTE INSTRUCCIONES RESPECTO DEL OTORGAMIENTO Y PAGO DE ASIGNACIONES FAMILIARES Y MATERNALES A LOS TRABAJADORES BENEFICIARIOS DEL FONDO DE CESANTÍA SOLIDARIO DE LA LEY N° 19.728D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 54, de 2009, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 173, de 2010, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 16395; Ley N° 18987; Ley N° 19728; Ley N° 20328
15/06/2010Circular 2650Asignación familiarAsignaciones Familiares de los trabajadores que se encuentren con permiso para Reconstrucción de la Ley N° 20.440. Imparte instrucciones.D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 16395; Ley N° 19728; Ley N° 20328; Ley N° 20440
16/05/2006Circular 2298Asignación familiarAsignaciones Familiar Maternal. Imparte instrucciones sobre los Nuevos Montos que regirán a contar del 1° Julio de 2006.D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 18806; Ley N° 18987; Ley N° 19350; Ley N° 19728; Ley N° 20079
13/06/2005Circular 2213Asignación familiarAsignaciones Familiar y Maternal. Imparte instrucciones sobre los nuevos Montos que regirán a contar del 1 °de Julio de 2005.D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 16744; Ley N° 18806; Ley N° 18987; Ley N° 19073; Ley N° 19152; Ley N° 19350; Ley N° 19728; Ley N° 19985;
03/05/2005Circular 2204Asignación familiarPAGO DE ASIGNACIONES FAMILIARES A BENEFICIARIOS DEL FONDO DE CESANTÍA SOLIDARIO. REEMPLAZA A CIRCULAR N° 2155, DE ESTA SUPERINTENDENCIA Y 56 DE LA SUPERINTENDENCIA DE FONDOS DE PENSIONES, AMBAS DE FECHA 13 DE AGOSTO DE 2004. IMPARTE INSTRUCCIONES.D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 16195; Ley N° 19728
13/08/2004Circular 2155Asignación familiarPAGO DE ASIGNACIONES FAMILIARES A BENEFICIARIOS DEL FONDO SOLIDARIO DEL SEGURO DE CESANTÍA. PROCEDIMIENTO TRANSITORIO. IMPARTE INSTRUCCIONES.D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 3502, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 16395; Ley N° 18987; Ley N° 19728, artículo 20.
Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresFuentes
09/03/2011Dictamen 13537-2011Asignación familiarPagoD.F.L. N°150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
11/06/2010Dictamen 35464-2010Asignación familiarBeneficiarios - Derecho - Muerte - ProcedimientoD.F.L. N°150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
19/12/2007Dictamen 83843-2007Asignación familiar D.F.L. Nº 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley Nº 18.987; Ley Nº 19.152
28/04/2006Dictamen 20551-2006Asignación familiar D.F.L. Nº 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley Nº 18.987; Ley Nº 19.152
TítuloDetalle
Ley 19.728Ley 19.728