Dictamen 2078-1980
.
Informa sobre modificaciones al D.L. Nº869, sobre pensiones asistenciales: 1) Cambio de fecha inicial de la pensión, esto es, a contar del primero del mes siguiente al de presentación de la solicitud 2) Eliminar o aumentar el ingreso mínimo para los efectos de determinar la carencia de recursos del solicitante. Es inconveniente 3) Modificación del art. 7 del D.L. Nº 869, de modo de armonizar con el DL Nº307, el concepto de vivir a expensas del beneficiario
Fecha publicación | Título | Temas | Descriptores | Fuentes |
---|---|---|---|---|
30/01/1998 | Dictamen 2078-1998 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Ley Nº 16.744 |