Dictamen 1485-1979
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La Cruz Roja no ha sido incluída por el Ministerio de Educación entre los establecimientos educacionales cuyos alumnos pueden ser invocados como causantes de asignación familiar, en los términos del art. 3 del DL 307, de 1974. Respecto de los estudios eclesiásticos del Instituto Salesiano, se ha solicitado al Consejo de Rectores de la Universidades Chilenas que informe acerca de si tienen el carácter de universitarios y, en todo, si corresponden a la enseñanza superior.
Fecha publicación | Título | Temas | Descriptores | Fuentes |
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17/02/1992 | Dictamen 1485-1992 | Subsidio familiar | Ley Nº 18.611; Ley Nº 18.681; D.S. Nº 369, de 1987, del Ministerio de Hacienda |