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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 2263-1978

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Fecha: 22 de junio de 1978

Tema: Ley N° 16.744

Destinatario: PARTICULAR

Fuentes: Ley Nº 16.744; Ley Nº 10.383

Concordancia con Oficios: Oficio Ord. Nº 3583, de 1974, de la Superintendencia de Seguridad Social

Concordancia con Circulares: Circular Nº 0344, de 1972, de la Superintendencia de Seguridad Social


La persona que sufrió un accidente del trabajo o que contrajo una enfermedad profesional con anterioridad a la vigencia de la ley 16744, esto es, antes del 01-05-1968, y que continuó trabajando después de esa fecha aumentando su grado de incapacidad, tiene derecho a recibir los beneficios permanentes que otorga la mencionada ley. En este caso debe comprobarse la ocurrencia del siniestro laboral; si la incapacidad que se presenta actualmente tuvo su origen en ese siniestro y si esta ha aumentado con posterioridad a la vigencia de ley 16744.

ANOTACIONES
NOTA: Dictamen 3583 - 1974 3583 - 1974 - Aplica
" 1000 - 1975 - "
Circular 0344 - 1972 - "

Fecha de publicaciónTítuloTemasResumenFuentes
08/08/1972Circular 344Seguro laboral (Ley 16.744)SOBRE SITUACIÓN DE LAS PERSONAS QUE SUFRIERON ACCIDENTES DEL TRABAJO O CONTRAJERON ENFERMEDADES PROFESIONALES CON ANTELACIÓN A LA FECHA DE PUBLICACIÓN DE LA LEY N° 16744, SOBRE SEGURO SOCIAL.Ley N° 10383; Ley N° 16744; Ley N° 17163; Ley N° 17417; D.S. N° 203, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresFuentes
19/01/2005Dictamen 2263-2005Seguro laboral (Ley 16.744) Ley Nº 16.744; D.L. Nº 3.501, de 1980; D.S. Nº 109, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
09/09/1986Dictamen 7213-1986Seguro laboral (Ley 16.744) Ley N° 16.744
10/01/1985Dictamen 178-1985Seguro laboral (Ley 16.744) Ley Nº 16.744
19/07/1984Dictamen 4427-1984Seguro laboral (Ley 16.744) Ley Nº 16.744; Ley Nº 17.163; Ley Nº 17.417
05/12/1983Dictamen 4381-1983Seguro laboral (Ley 16.744) Ley Nº 16.744
30/11/1978Dictamen 4007-1978Seguro laboral (Ley 16.744) Ley Nº 16.744; Ley Nº 15.477; Ley Nº 14.966
TítuloDetalle
Ley 16.744Ley 16.744

Legislación citada

Ley 16.744

Circulares citadas

344

Vea además:

Dictámenes SUSESO